Boletines/Lincoln

Decreto Nº3747/16

Decreto Nº 3747/16

Lincoln, 24/11/2016

DISPONIENDO LA DESADJUDICACIÓN DEL LOTE DE TERRENO MUNICIPAL, UBICADO EN LA CIUDAD DE LINCOLN, DESIGNADO CATASTRALMENTE COMO CIRCUNSCRIPCION II, SECCION G, CHACRA 658, MANZANA 658 S PARCELA 04,  A LA  SRA. VILMA DANIELA GROSSO; Y ADJUDICANDOLE   EL TERRENO MUNICIPAL DESIGNADO CATASTRALMENTE COMO CIRCUNSCRIPCION II, SECCION G, CHACRA 658, MANZANA 658 f PARCELA 4

Visto

Atento al  requerimiento efectuado por la Sra. VILMA DANIELA GROSSO solicitando ocupar efectivamente el lote de terreno municipal designado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION II, SECCION G, CHACRA 658, MANZANA 658 S PARCELA 04, manifestando la posibilidad de construir.-

Considerando

Que conforme surge del expediente administrativo Nº 479/14 de la Dirección de Tierras Municipal,  la Sra. Vilma Daniela Grosso adquirió el terreno mencionado anteriormente por Boleto de Compraventa suscripto con la Municipalidad de Lincoln de fecha 08 de octubre de 2015 .-

 Que según constancias emitidas por el Banco Santander Rio,  ha solicitado préstamo personal.-                           

Que atento a lo informado por memo de fecha 23 de noviembre de 2016 la Secretaria de Obras y Servicios Públicos Municipal informa que el lote de terreno que le fuera adjudicado a la Sra. Grosso no se encuentra apto para ser ocupado atento a que al día de la fecha sigue funcionando sobre el mismo la Perrera Municipal.

Que en consecuencia, y por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:                                                                

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Dése de baja  la adjudicación a la  Sra.  VILMA DANIELA GROSSO DNI 30.612.960, del lote de terreno municipal designado catastralmente como  Circunscripción II, Seccion G, Chac. 658, Manzana 658 s, Parcela 4 y adjudíquese el lote de terreno municipal designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección G, Chac. 658, Manzana 658 f, Parcela 4.-

ARTICULO 2º: La adjudicataria deberá respetar todos los requisitos y obligaciones determinadas por las Ordenanzas y normativa provincial, especialmente a las condiciones establecidas por el Plan Familia Propietaria (al  que se encuentra afectado este terreno),  que regulan este tipo de adjudicaciones, quedando expresamente prohibido disponer de la vivienda para su venta, alquiler, cesión ó permuta, aún a título gratuito, sin la previa conformidad de la Municipalidad. Esta adjudicación podrá ser revocada por el Departamento Ejecutivo si el adjudicatario no destinase el inmueble a vivienda familiar, única y de ocupación permanente.-

ARTICULO  3º: Refrenda el Secretario de Gobierno.-

ARTICULO  4º: Comuníquese a los interesados, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Tierras, Oficina de Vivienda, Oficina de Cómputos, Oficina de Catastro, y a quien más corresponda.- Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y Archívese.-