Boletines/Lincoln
Decreto Nº 3745/16
Lincoln, 24/11/2016
DISPONIENDO LA DESADJUDICACIÓN DEL LOTE DE TERRENO MUNICIPAL, UBICADO EN LA CIUDAD DE LINCOLN, DESIGNADO CATASTRALMENTE COMO CIRCUNSCRIPCION II, SECCION G, CHACRA 658, MANZANA 658 AD PARCELA 3, AL SR. CESAR LUIS GETTE; Y ADJUDICANDOLE EL TERRENO MUNICIPAL DESIGNADO CATASTRALMENTE COMO CIRCUNSCRIPCION II, SECCION G, CHACRA 658, MANZANA 658 f PARCELA 2 .-
Visto
Atento al requerimiento efectuado por el Sr. Cesar Luis Gette solicitando la ocupación efectiva del lote de terreno municipal con el que fue beneficiado atento a la necesidad de implantar su vivienda pre fabricada.-
Considerando
Que conforme surge del expediente administrativo Nº 471/14 de la Dirección de Tierras Municipal, el Sr. Cesar Luis GETTE adquirió por Boleto de Compraventa suscripto con fecha 08 de octubre de 2015 un terreno municipal designado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION II, SECCION G, CHACRA 658, MANZANA 658 AD PARCELA 3.-
Que en el mismo expediente obra agregado contrato de compraventa de vivienda pre-fabricada suscripto entre el Sr. Gette Parisi Cesar Luis y la empresa constructora CONSTRU SRL de fecha 13 de julio de 2015 y constancia de entrega de la misma.-
Que atento a lo informado por memo de fecha 23 de noviembre de 2016 la Secretaria de Obras y Servicios Públicos Municipal informa que el lote de terreno que le fuera adjudicado al Sr. Gette no se encuentra apto para ser ocupado atento a que al dia de la fecha sigue funcionando sobre el mismo la Perrera Municipal.
Que en consecuencia, y siendo necesario dar solución a la problemática planteada, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Dése de baja la adjudicación al Sr. Cesar Luis GETTE DNI 34.951.248, del lote de terreno municipal designado catastralmente como Circunscripción II, Seccion G, Chac. 658, Manzana 658 ad, Parcela 3 y adjudíquese el lote de terreno municipal designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección G, Chac. 658, Manzana 658 f, Parcela 2.-
ARTICULO 2 º: El adjudicatario deberá respetar todos los requisitos y obligaciones determinadas por las Ordenanzas y normativa provincial, especialmente a las condiciones establecidas por el Plan Familia Propietaria (al que se encuentra afectado este terreno), que regulan este tipo de adjudicaciones, quedando expresamente prohibido disponer de la vivienda para su venta, alquiler, cesión ó permuta, aún a título gratuito, sin la previa conformidad de la Municipalidad. Esta adjudicación podrá ser revocada por el Departamento Ejecutivo si el adjudicatario no destinase el inmueble a vivienda familiar, única y de ocupación permanente.-
ARTICULO 3º: Refrenda el Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al interesado, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Tierras, Oficina de Vivienda, Oficina de Cómputos, Oficina de Catastro, y a quien más corresponda.- Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y Archívese.-