Boletines/Lincoln
Decreto Nº 3720/16
Lincoln, 21/11/2016
DISPONIENDO ABONAR BONIFICACIÓN POR COMPROMISO Y EFICIENCIA A LOS AGENTES MUNICIPALES DE PLANTA TEMPORARIA Y PLANTA PERMANENTE Y FUNCIONARIOS DE PLANTA POLITICA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCOLN.-
Visto
Que por Ordenanza 2244/16 el Honorable Concejo Deliberante de Lincoln, autoriza al Departamento Ejecutivo a “abonar al Personal Permanente y Temporario, incluido o no en los alcances de la Ley 11.757 y 10.430 (ley supletoria), las retribuciones, bonificaciones, compensaciones, subsidios e indemnizaciones que expresamente preveen las mencionadas normas legales”, promulgada por Decreto 342/16.-
Considerando
Que, esa misma Ordenanza estableció que el Departamento Ejecutivo podrá “abonar al Personal incluido o no en los alcances de las leyes 11.757 y 10.430 (ley supletoria), bonificaciones por mérito a los agentes municipales que demuestran un esfuerzo, empeño y dedicación que mejoren el funcionamiento de la administración” como así también “bonificaciones por productividad a los agentes municipales que generen mayor eficiencia en la administración”, entendiendo esta Administración que es fundamental en ese sentido poder reconocer el COMPROMISO y la EFICIENCIA en la tarea cotidiana de empleados y funcionarios municipales.-
Que, el servicio prestado por estos agentes y funcionarios al gobierno representa un beneficio en la administración de los recursos humanos, en tareas operativas, y en recursos técnicos, económicos, legales, sociales y tecnológicos generando una gestión más eficaz.-
Que es política de esta Administración destacar las mayores producciones, los progresos y méritos en cuanto a Recursos Humanos, bonificando su compromiso y eficiencia.-
Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Procédase a liquidarse por el mes de Noviembre de 2016, las sumas adicionales que a continuación se detallan, en concepto de BONIFICACIÓN POR COMPROMISO Y EFICIENCIA a cada uno de los siguientes agentes:
ARTICULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 3º: Comuníquese a los interesados, Dirección General de Personal, Departamento Liquidaciones de Sueldos y a quien más corresponda. Regístrese y Archívese.-