Boletines/Lincoln
Decreto Nº 3700/16
Lincoln, 18/11/2016
DISPONIENDO LA DESADJUDICACIÓN DE PARTE DE UN LOTE DE TERRENO MUNICIPAL UBICADO EN LA CIUDAD DE LINCOLN, AL SR. MIGUEL ANGEL TABARES; Y ADJUDICANDO EL MISMO AL SR. SAULO BERNABE VIVAS.-
Visto
La presentación realizada por el Sr. Saulo Bernabé Vivas, solicitando el cambio de adjudicación a su favor, de parte de un lote de terreno municipal sito en la ciudad de Lincoln, y designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Manzana 462 bb, Parcela 1 a Pte (plano característica 60-18-83).-
Considerando
Que por Decreto Nº 2082/07, de fecha 27 de agosto de 2007, el Sr. Miguel Ángel Tabares, DNI 22.680.583 resulta adjudicatario del lote de terreno mencionado.-
Que en expediente interno número 612/14 de la Dirección de Tierras Municipal, obra agregado Contrato de Cesión de derechos y acciones posesorias de fecha 11 de julio de 2011, y croquis adjunto, donde el Sr. Miguel Ángel Tabares cede a favor de Saulo Bernabé Vivas, una fracción de lote de terreno, cuyas medidas son de 11,10 de frente por 8 metros de fondo.-
Que la Dirección de Tierras ha verificado, mediante informe social de fecha 09/09/2016, la existencia de la ocupación efectiva del inmueble por parte del pretenso adjudicatario.-
Que existe dictamen de la Secretaría Legal y Técnica de fecha 13/09/2016, que considera viable el cambio de adjudicación solicitado.-
Que la Dirección de Tierras entiende que es necesario dictar la norma legal correspondiente, a los efectos de que el nuevo adjudicatario disponga de documentación que le brinde seguridad jurídica y regularice la ocupación que detenta.-
Que en consecuencia, y por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Dése de baja la adjudicación otorgada al Sr. MIGUEL ANGEL TABARES DNI 22.680.583, respecto parte de un lote de terreno municipal designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección E, Manzana 462-bb, Parcela 1-a Pte (plano característica 60-18-83).-
ARTICULO 2º: Adjudíquese el citado inmueble, al Sr. SAULO BERNABE VIVAS DNI 30.228.158.-
ARTICULO 3 º: El nuevo adjudicatario deberá respetar todos los requisitos y obligaciones determinadas por las Ordenanzas que regulan este tipo de adjudicaciones, quedando expresamente prohibido disponer de la vivienda para su venta, alquiler, cesión ó permuta, aún a título gratuito, sin la previa conformidad de la Municipalidad. Esta adjudicación podrá ser revocada por el Departamento Ejecutivo si el adjudicatario no destinase el inmueble a vivienda familiar, única y de ocupación permanente
ARTICULO 4º: El valor del terreno será determinado en el momento de su regularización dominial y de acuerdo a los normas vigentes.-
ARTICULO 5º: Refrenda el Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al interesado, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Tierras, Oficina de Vivienda, Oficina de Cómputos, Oficina de Catastro, y a quien más corresponda.- Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y Archívese.-