Boletines/Lincoln
Decreto Nº 3660/16
Lincoln, 15/11/2016
DECLARANDO DE INTERES PUBLICO MUNICIPAL, EL DIA NACIONAL E INTERNACIONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Visto
La Ley 25.346 del año 2000, que declara al 3 de diciembre como el “Día Nacional e Internacional de las Personas con Discapacidad” y que tiene como objetivo promover las normas que amparan a las personas con discapacidad y fortalecer la igualdad de oportunidades;
Considerando
Que en este marco, la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS) remarca la importancia de eliminar las barreras y crear una sociedad inclusiva y accesible para todos;
Que de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud,-OMS-más de mil millones de personas- aproximadamente el 15 por ciento de la población mundial - tienen algún tipo de discapacidad;
Que en nuestro país, el Censo 2010 informó que el 12,9% de la población en viviendas particulares presenta algún tipo de dificultad o limitación permanente para ver, oír, moverse, entender o aprender;
Que es necesario recordar al mundo la situación de las personas con discapacidades y establecer una visión estratégica y un plan de acción para lograr un desarrollo que los tenga en cuenta;
Que como parte de dicha conmemoración, se realizarán actividades alusivas a este día;
Que a los fines de la implementación de esta Jornada conmemorativa, se deberán prever erogaciones para la realización de los gastos correspondientes;
Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declarase de Interés Público Municipal, “El Día Nacional e Internacional de las Personas con Discapacidad”, ha conmemorarse, el 3 de diciembre del corriente año
ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará a la Jurisdicción 1110107000 – Secretaria de Acción Social, programas y partidas correspondientes del Presupuesto de gastos Vigente.-
ARTICULO 3º: Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Gobierno y de Acción Social.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a los interesados, Tesorería, Contaduría, Dirección de Discapacidad y Secretaría de Acción Social. Publíquese en el boletín informativo Municipal. Regístrese y Archívese.-