Boletines/General Villegas

Resolución Nº170/23

Resolución Nº 170/23

Publicado en versión extractada

General Villegas, 31/03/2023

VISTO:

El Expediente Nº 343/14 Alcance 1, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Olga Mónica Lucero, dedicado a la explotación del rubro “Rotisería”, con fecha de alta 12 de diciembre de 2015, registrado como Contribuyente Nº 21566; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente Nº 343/14 Alcance 4, agregado a fojas 88, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 25 de enero de 2021, cumplimentando así con la legislación vigente.

Que mediante Acta Nº 9631, realizado el 06 de febrero de 2021, se constata que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 90).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 96, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 99 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.                                   

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 25 de enero de 2021, del comercio perteneciente a la señora OLGA MONICA LUCERO, DNI Nº 17.441.138, Contribuyente Nº 21566, habilitado con el rubro “ROTISERIA”, denominación comercial “ROMA”, Codificador de Rentas Nº 62100-07, NIS Nº 1523521-01 – T1R – Residencial,  con domicilio comercial en calle Combate Puesto de Márquez Nº 315 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Manzana 150C, Parcela 14,  no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 343/14 Alcance 1.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.