Boletines/General Villegas

Resolución Nº112/23

Resolución Nº 112/23

Publicado en versión extractada

General Villegas, 28/02/2023

VISTO:

El Expediente Nº 4387/97, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Susana Edith Pernía, dedicado a la explotación del rubro “Ferretería”, a partir del 10 de noviembre de 1997; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 183/97, agregada a fojas 17, se registró la habilitación provisoria y subsiguientes renovaciones, correspondiente al Contribuyente Nº 149.

Que por Expediente Nº 4387/97 Alcance 2, agregado a fojas 98, la titular del comercio solicita una nueva extensión de la habilitación provisoria, declarando que no posee empleados, desde el 28 de septiembre de 2021.

Que mediante Censo de Comercio e Industria Nº 9851, se ratifica lo declarando por la recurrente (folio 101).

Que el Departamento de Rentas a fojas 108, informa que el contribuyente no registra deuda.

Que se labraron las Actas de Inspección Nº 11453 y Censo Nº 12178, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 110 y 111).

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente, no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 - Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Inciso 9).

Que a fojas 117 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja de un (1) empleado en relación de dependencia, desde el 28 de septiembre de 2021, correspondiente al Contribuyente Nº 149.

ARTÍCULO SEGUNDO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 183/97 y subsiguientes renovaciones, de un comercio dedicado a la explotación del rubro “FERRETERÍA”, denominación comercial “UNIFER”, de la señora SUSANA EDITH PERNIA, DNI Nº 14.912.997, Contribuyente Nº 149, Codificador de Rentas Nº 62600-01, NIS Nº 1054762-01 – T1GEE – Serv. Gral. Estacional, con domicilio comercial en calle Pueyrredón Nº 225 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 22, Parcela18b, fecha de alta 10 de noviembre de 1997, sin empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 4387/97.

ARTÍCULO TERCERO: Concédase a la señora SUSANA EDITH PERNIA, DNI Nº 14.912.997, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO CUARTO: La habilitación concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.

ARTÍCULO QUINTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente que cumplimente la documentación de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también, informar que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.