Boletines/General Villegas

Resolución Nº92/23

Resolución Nº 92/23

Publicado en versión extractada

General Villegas, 16/02/2023

VISTO:

El Expediente Nº 1308/23 iniciado por la Directora de Desarrollo Social, informando la situación ocurrida con el agente Javier Adrián Ponce, Legajo Personal N° 3514; y 

CONSIDERANDO:

Que el día 13 de enero, el agente tiene entredichos con la Señora Mónica Romero, quien solicita hablar con la Directora Heredia y luego se dirige al Área de Género a expresar lo sucedido, por lo que se hace un espacio de escucha y se realiza un escrito para relatar lo sucedido presentándoselo a la Secretaria María Trojaola.

Que el Departamento de Personal interviene en fojas 6, consignando los datos del agente y que registra sanciones disciplinarias e inasistencias injustificadas.

Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 9, sugiriendo se aplique al agente una Sanción Disciplinaria Correctiva consistente en una “Suspensión sin Goce de Haberes” por el término de tres (3) días de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67 apartado I inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por transgredir lo estipulado en el Artículo 68 inciso b) y c) de dicha Ordenanza.                                   

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Aplicase una sanción disciplinaria consistente en una “Suspensión sin Goce de Haberes” por el término de tres (3) días para el 28 de febrero y 1 y 2 de marzo de 2023 al agente Javier Adrián Ponce, Legajo Personal N° 3514, 260 módulos, 40 horas semanales, Jurisdicción 1110109000, Categoría Programática 01.00.00, Planta Permanente. Personal de Servicios – Auxiliar (07.01.02), conforme lo dispuesto en el Articulo 67 apartado I inciso c) de la Ordenanza N° 5647, por transgredir lo estipulado en el Artículo 68 inciso b) y c) de dicha Ordenanza.

ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento de Personal, Dirección de Asuntos Jurídicos, Dirección de Recursos Humanos y Secretaria de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.