Boletines/General Villegas
Resolución Nº 67/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 24/01/2023
VISTO:
El Expediente Nº 618/23 iniciado por la Jefa de Departamento de Expedición, solicitando se le aplique una sanción disciplinaria y cambio de área a la agente Yamila Marisa Monzalvo, Legajo Personal N° 4089, por desobedecer las órdenes de un superior; y
CONSIDERANDO:
Que la Jefa de Departamento de Expedición comunica que la agente ha desobedecido sus órdenes delante de todos sus compañeros y de las personas que se encontraban en dicha oficina, y luego abandono su puesto de trabajo sin comunicación alguna.
Que el Departamento de Personal interviene en foja 3, consignando los datos de la agente y que no posee sanciones disciplinarias ni tampoco inasistencias injustificadas.
Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 5, sugiriendo se aplique a la agente una Sanción Disciplinaria Correctiva consistente en un “Apercibimiento”, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67 apartado I inciso b) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 68 inciso b) y c) de dicha Ordenanza.
Que a foja 6, el Director de Recursos Humanos informa que la agente permanecerá en su lugar de trabajo realizando las tareas habituales y las que se le designen con el fin de ser evaluada por su referente y emitir informe sobre su conducta.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aplicase una sanción disciplinaria consistente en un “Apercibimiento”, a la señora Yamila Marisa Monzalvo, Legajo Personal N° 4089, 255 módulos, 30 horas semanales, Jurisdicción 1110114000, Categoría Programática 01.00.00, Planta Permanente. Personal Administrativo – Clase V (05.05.01), conforme lo dispuesto en el Articulo 67 apartado I inciso b) de la Ordenanza N° 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 68 inciso b) y c) de dicha Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento Personal, Dirección de Asuntos Jurídicos, Dirección de Recursos Humanos y Departamento de Expedición; cúmplase y archívese.