Boletines/General Villegas
Resolución Nº 30/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 06/01/2023
VISTO:
El Expediente Nº 580/15 Alcance 1, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Oscar Horacio López, dedicado a la explotación de los rubros “Prendas de vestir y Accesorios”, con fecha de alta 30 de enero de 2015, registrado como Contribuyente Nº 21395; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acta Nº 1680, realizado el 20 de enero de 2022, se constata que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 90)
Que por Expediente Nº 580/15 Alcance 3, agregado a fojas 92, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 20 de enero de 2022, cumplimentando así con la legislación vigente.
Que la Dirección de Rentas interviene a fojas 101, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 105 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 20 de enero de 2022, del comercio perteneciente al señor OSCAR HORACIO LOPEZ , DNI Nº 11.308.047, Contribuyente Nº 21395, habilitado con los rubros “PRENDAS DE VESTIR Y ACCESORIOS”, denominación comercial “WOMAN´S ACCESORIOS”, Codificadores de Rentas Nº 62200-02 y 62200-07, NIS Nº 1539615-02 – T1GEE – Servicio General Estacional, con domicilio comercial en calle Arenales Nº 276 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 18, Parcela 15a, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 580/15 Alcance 1.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.