Boletines/General Villegas
Resolución Nº 29/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 06/01/2023
VISTO:
El Expediente Nº 7047/05, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Graciela Margarita Hernández, dedicado a la explotación del rubro “Despensa y venta de helados”, con fecha de alta 01 de octubre de 2005, registrado como Contribuyente Nº 3182; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº 7047/05 Alcance 6, agregado a fojas 192, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 31 de agosto de 2021, acompañando constancia de baja del monotributo, cumplimentando así con la legislación vigente.
Que mediante Acta Nº 1413, realizado el 16 de marzo de 2022, se constata que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 196)
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 200, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 204 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 31 de agosto de 2021, del comercio perteneciente a la señora GRACIELA MARGARITA HERNANDEZ, DNI Nº 12.294.090, Contribuyente Nº 3182, habilitado con los rubros “DESPENSA Y VENTA DE HELADOS”, denominación comercial “TERCER MILENIO”, Codificadores de Rentas Nº 62100-06 y 62900-25, Socio Nº 420 – Usuario Nº 1053 – T1G – Servicios Generales, con domicilio comercial en calle Sargento Cabral Nº 160 de la localidad de Emilio V. Bunge, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VII, Sección A, Manzana 34, Parcela 3, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 7047/05.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.