Boletines/General Villegas

Resolución Nº23/23

Resolución Nº 23/23

Publicado en versión extractada

General Villegas, 05/01/2023

VISTO:

El Expediente Nº 7444/07, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio perteneciente al señor Carlos Nazareno Pappalardo, dedicado a la explotación del rubro “Venta de empanadas”, contribuyente   Nº 20011; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente Nº 7444/07 Alcance 1, agregado al anterior como foja 34, el titular solicita el traslado de su actividad comercial a calle Rivadavia N° 481, desde el día 5 de octubre de 2009.

Que a fojas 44 y 45, se acompaña el Acta de Inspección Nº 779 y el Censo de Comercio e Industria Nº 873, declarando contar con dos (2) empleados en relación de dependencia.

Que por el Acta de Inspección Nº 273, realizada por la oficina de Bromatología, se certifica que el mismo se encuentra en buenas condiciones edilicias y de higiene.

Que el Departamento Catastro suministra los datos del inmueble e indica que registra plano de obra aprobado.

Que mediante Expediente Nº 8633/14 Alcance 1, el titular del comercio comunica el anexo del rubro “Pizzería”, a partir del día 15 de diciembre de 2014.

Que por Expediente Nº 8633/14 Alcance 2, agregado al principal como foja 101, comunica el traslado de su actividad comercial a calle Rivadavia Nº 513, a partir del día 15 de diciembre de 2014.

Que por Expediente Nº 8633/14 Alcance 3, agregado al anterior como foja 140, comunica la baja de su actividad comercial, desde el día 19 de junio de 2021.

Que mediante el Acta de Constatación Nº 10664, de fecha 13 de julio de 2021 se verifica que el comercio dejo de funcionar.

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 169, informando que no registra deuda.

Que a fojas 170 la División Comercio e Inspección, solicita se registre doble traslado, anexo, modificación de empleados y posteriormente la baja del comercio.

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que ha cumplimentado con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente.

Que a fojas 174 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese el traslado del comercio dedicado a la explotación del rubro “Venta de empanadas”, denominación comercial “Las Cholitas”, perteneciente al señor Carlos Nazareno Pappalardo - D.N.I. Nº 29.100.292, contribuyente Nº 20011, codificador de rentas Nº 62100-20, contando con dos (2) empleados en relación de dependencia, al local comercial sito en calle Rivadavia Nº 481 de la ciudad de General Villegas, NIS Nº 1599758-01 - T1G - Servicios Generales, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 17, Parcela 6j, a partir del 5 de octubre de 2009.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja de dos (2) empleados en relación de dependencia, a partir del 26 de marzo de 2014, según Censo de Comercio e Industria Nº 2553.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese la incorporación del rubro “Pizzería”, Codificador de Rentas Nº 63100-04, a la actividad comercial principal mencionada en el Artículo Primero, desde el 15 de diciembre de 2014.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese el traslado del comercio mencionado en el Artículo Primero, NIS Nº 1048022-02 - T1REE - Residencial Estacional, al inmueble comercial ubicado en calle Rivadavia Nº 513, individualizado catastralmente como Circunscripción I- Sección A- Manzana 18- Parcela 21, desde el 15 de diciembre de 2014.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese la Incorporación de tres (3) empleados en relación de dependencia al comercio mencionado en el Artículo Primero a partir del día 31 de enero de 2017, según Censo de Comercio e Industria Nº 5173.

ARTÍCULO SEXTO: Regístrese la baja de un (1) empleado en relación de dependencia, a partir del 01 de noviembre de 2018, según Censo de Comercio e Industria Nº 6932.

ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese la baja del contribuyente mencionado anteriormente, a partir del 19 de junio de 2021.

ARTÍCULO OCTAVO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO NOVENO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, Departamento Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.