Boletines/Lobería

Decreto Nº818-23

Decreto Nº 818-23

Lobería, 28/04/2023

ASIGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 029/23;

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Navarro, ubicada en calle Barragán N° 1.000 de Lobería;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 029/23, que realizará refacciones en la vivienda referenciada, a partir del 19 de abril de 2023;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- ASIGNANSE tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 029/23, SR. CARLOS AGUSTIN ALI, D.N.I. Nº 42.041.839, que realizará refacciones en la vivienda de la familia Navarro, ubicada en calle Barragán N° 1.000 de Lobería, desde el 19 de abril de 2023.
ARTÍCULO 2.- La tarea a realizar y el monto a percibir por la misma, se detalla a continuación:
TAREA                                                                                           MONTO
Realizar pozo ciego en baño con loza de hormigón                  $ 69.767,44
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 69.767,44.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 8.372,09. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional - 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento la Secretaria de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.