Boletines/Lobería

Decreto Nº570-23

Decreto Nº 570-23

Lobería, 29/03/2023

ASÍGNASE tarea al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, Decreto N° 029/23; y

Considerando

QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASON, solicita se asignen tareas al personal destajista designado por Decreto N° 029/23, que realizará refacciones en el área de Maternidad del Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”, a partir del 20 de marzo de 2023;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNASE tarea al personal destajista designado mediante Decreto N° 029/23, que realizará refacciones en el área de Maternidad del Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”, a partir del 20 de marzo de 2023:
APELLIDO Y NOMBRE                                                     DOCUMENTO
FERNANDEZ, HORACIO E.                                                17.289.802
ARTÍCULO 2.- La tarea específica a realizar y el monto a abonar por la misma se detalla a continuación:
-Cierre laterales de cubierta de conducto de calefacción              $ 75.600
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS ($75.600.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS SESENTA Y CINCO MIL DIECISEIS ($ 65.016.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 9.072. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 23.01 Dirección Hospital Municipal – 1.2.1.0 Retribuciones de cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Obras de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Secretaría de Salud y Desarrollo Social, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.