Boletines/Chascomús
Resolución Nº 158/23
Chascomús, 16/06/2023
Visto
El Expediente EX-2023-00026465- -CHASCOMUS-DH#SH s/ Solicitud de habilitación para prestar servicio como “REMIS” en nuestra ciudad de la unidad vehicular, cuyo titular es el señor BENEDETTI, Néstor Gastón; y
Considerando
Que la solicitud de habilitación para prestar servicio como “REMIS” de la agencia “HORIZONTE” de nuestra ciudad de la unidad vehicular Marca Fiat, Modelo Siena EL 1.4 8V, Dominio: OVX632,Año 2015, de acuerdo a Ordenanza Nº 4739/14, Artículo 7°, fue efectuado por el señor BENEDETTI, Néstor Gastón, DNI 30.490.305, titular de la citada unidad vehicular.
Que el peticionante ha presentado la documentación exigida para las habilitaciones peticionadas.
Que corresponde hacer saber al peticionante que resulta una obligación mantener actualizada la documentación presentada durante el período de habilitación, es decir Póliza de seguro por accidentes y responsabilidad civil por lesiones o muerte de los pasajeros, sin límite ni franquicia, Verificación Técnica Vehicular, y Licencia de conducir habilitante de cada vehículo en particular.
Que en caso de no efectuarse la actualización pertinente quedará sin efecto la correspondiente habilitación.
Que, asimismo resulta obligatorio que los vehículos cuente con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuegos y botiquín de primeros auxilios.
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín), en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Otorgar la habilitación de la unidad vehicular Marca Fiat, Modelo Siena EL 1.4 8V, Dominio: OVX632, Año 2015 propiedad del señor BENEDETTI, Néstor Gastón, tramitada mediante Expediente EX2023-00026465- -CHASCOMUS-DH#SH, para prestar servicio como “REMIS” de la agencia “HORIZONTE” de nuestra ciudad, de acuerdo a de acuerdo a Ordenanza N°4739/2014, Artículo 7°, que regula la habilitación de los remises.-
ARTÍCULO 2°.- Establécese que los vehículos deberán contar en forma obligatoria con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuegos y botiquín de primeros auxilios. Asimismo declárese obligatorio para el peticionante mantener las puertas, vidrios y accesorios en buena condición de estado y tener actualizada la documentación presentada durante el período de habilitación: Póliza de seguro por accidentes y responsabilidad civil por lesiones o muerte de pasajeros, sin límite, ni franquicia, Verificación Técnica vehicular y Licencia de conducir, debiendo presentarse la misma en el área de habilitaciones de la Municipalidad bajo caducidad de la habilitación.-
ARTÍCULO 3°.- El vencimiento de la presente habilitación es el día 16 de Junio de 2024 de acuerdo a título V, Artículo 10, Ordenanza Impositiva.-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Habilitaciones, y al propietario.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-