Boletines/Chascomús

Decreto Nº646/23

Decreto Nº 646/23

Chascomús, 29/06/2023

APOYO ECONOMICO FESTIVALES ARGENTINOS

Visto

La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica, no considerados en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente; y

Considerando

Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2023, incorporando los recursos con afectación específica comunicados y no considerados en el cálculo de recursos vigente.

Que mediante el expediente administrativo Nº 4030-160395/M se tramita el apoyo económico ante el Ministerio de Cultura de la Nación en el marco del programa “Festivales Argentinos”.

Que el Municipio de Chascomús se postuló para la cuarta convocatoria del programa “Festivales Argentinos” presentando en el certamen al “Carnaval Infantil 2023”.

Que mediante la resolución N° RESOL-2023-75-APN-SGC#MC el ministerio de Cultura determina el pago de los aportes económicos del certamen en cuestión resultando el Municipio de Chascomús beneficiario por un importe de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($1.750.000), según lo detalla el informe IF-2023-02872407-APN-DAF#MC correspondiente al Anexo I del expediente EX-2023-02512887-APN-DGD#MC.

Que dicha suma fue percibida en su totalidad el día 21 de Junio del corriente.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1°.- Amplíese el crédito de las partidas parciales que se indican  --------------------- a continuación de acuerdo al siguiente detalle:

 

Estructura Programática

Fuente de Financiamiento

Imputación

Importe

1110113000 - 33.01.00 - Actividad Central Prom Cultural

133 - De origen nacional

3.4.9.0 - Otros

1.750.000.00

 

 

Total Gastos:

1.750.000.00

 

ARTICULO 2°.- Amplíese el Cálculo de Recursos de acuerdo al siguiente  detalle:

JURISDICCIÓN

RUBRO

IMPORTE

1110111000

17.2.01.25 - Apoyo Económico Festivales Argentinos - Carnaval Infantil 2023

1.750.000.00

 

 

 

Total

1.750.000.00

         

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada. Secretaría  de Planificación y Turismo, Contaduría y Dirección de Presupuesto.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-