Boletines/Chascomús

Decreto Nº644/23

Decreto Nº 644/23

Chascomús, 29/06/2023

APROBACIÓN RENDICIÓN RIFA BOMBEROS 2022-2023

Visto

El Expediente Administrativo Nro. 4030-161603/S caratulado “RENDICION DE CUENTAS RIFA PERIODO 2022-2023”, Expediente Administrativo Nº 4030- 158113/S caratulado “SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA LA EMISION DE LA RIFA PERIODO 2022/2023” y Expediente Electrónico EX-2023-00004064 - CHASCOMUS-MESA#SG caratulado “BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CHASCOMUS - RENDICIÓN DE SORTEO ACTA N° 3319”; y

Considerando

Que la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chascomús, solicito oportunamente la autorización de lanzamiento de una rifa para el periodo 2022-2023 mediante la cual obtendrá ingresos que permitan el correcto y normal funcionamiento de las diversas actividades operativas de la institución.

Que la entidad solicitante obtuvo por Decreto N° 337/2022 de fecha 12 de Abril de 2022 autorización para la rifa aludida, tal como se desprende del Expediente Administrativo N° 4030- 158113/S.

Que con fecha 31/05/2023  a  través de su Presidente y Tesorero mediante nota  la institución hace  llegar el balance correspondiente a la rifa autorizada  cuyo sorteo final se realizó el pasado 27 de Mayo de 2023, detallando beneficiarios de los premios entregados, adjuntando recibos de entrega de premios, fotocopias de cartones de los ganadores del sorteo final, copia de comprobante de entrega de los premios finales y las publicaciones en los diarios de  cada uno de los sorteos realizados, como así también resultado de la rendición de fondos y copia simple de facturas  de gastos.

Que mediante nota la institución adjunta Acta Comisión Directiva N° 3343 de fecha 27 de Mayo de 2023, conteniendo el detalle de los números que no participan del sorteo final, la que, si bien no es un acta notarial como requiere la Ordenanza N° 5202/17, ha sido incorporada a las actuaciones administrativas brindándole ello fecha cierta (conf. art. 317 CCyC) por lo que se entiende cumplida la finalidad de la norma.

Que la entidad ha dado cumplimiento con la presentación de la documentación requerida agregando los tres ejemplares del diario El Argentino en los cuales se publicó el listado de los ganadores de los premios conforme lo dispuesto por el art. 4 Decreto N° 337/2023 y art. 10 Ordenanza N° 5202/17 como así también copias certificadas de la documentación que acredita el “destino dado a los fondos provenientes de la misma, coincidentemente con lo proyectado al efectuar el pedido” (fs 5 al 52 - Expediente Administrativo Nro. 4030- 161603/S) .

Que con el acta mencionada se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el art. 9 de la Ordenanza 5202/17.

Que a fs. 7 luce agregado comprobante de pago Póliza De Seguro de Caución en relación a los premios de la presente rifa. 

Que cabe concluir que con la documentación referida y la obrante a fs. 1/ 197 del Expediente Nro. 4030 161603/S, surge el cumplimiento de la rendición de cuentas de la Rifa autorizada por Decreto N° 337/2022 y conforme la Ordenanza N° 5202/17.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que es procedente aprobar la rendición de cuentas efectuada por la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Chascomús en relación a la Rifa correspondiente al Periodo 2022-2023 de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

 

DECRETA

ARTICULO 1°.- Apruébese la rendición de cuentas efectuada por la Sociedad de Bomberos Voluntarios Chascomús en relación a la rifa autorizada mediante Decreto N° 337/2022 correspondiente al periodo 2022-2023.-

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Contaduría, Tesorería, Dirección de Relaciones Institucionales, Ingresos Públicos y Entidad Organizadora.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor  Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-