Boletines/Chascomús
Decreto Nº 628/23
Chascomús, 27/06/2023
CESANTIA
Visto
El Expediente Electrónico EX-2023-00026186- CHASCOMUS-DAL#SG, caratulado: “Situación Agente MIELNICK SIATECKI Alberto Fabián”; y
Considerando
Que en el orden 2, mediante MEMO-2023-25025-CHASCOMUS-SSPU, el Sr. Secretario de Servicios Públicos, informa a la Dirección de Asuntos Legales que el agente MIELNICK SIATECKI Alberto Fabián, Legajo Nº 9500, desde el día 04 de Mayo se le otorgó el alta por ART y no se volvió a reintegrar a su lugar de trabajo.
Se constata que el agente desarrolla tareas en la Dirección de Vialidad Municipal, dependiente de la Secretaria de Servicios Públicos.
Que el Art. 108 de la Ley 14.656 dispone que: “El trabajador que incurra en cinco (5) inasistencias consecutivas, sin previo aviso, será considerado incurso en abandono de cargo. Se lo intimará para que se reintegre a sus tareas dentro del término de un día hábil subsiguiente al de la notificación y si no se presentare, vencido el plazo, se decretará la cesantía, salvo cuando pudiere justificar valedera y suficientemente la causa que hubiere imposibilitado la respectiva comunicación”.
Que se le envía Carta Documento CD 24358536 7 el día 09/06/2023 intimándolo a que se reintegre a sus tareas habituales dentro del término de un día hábil subsiguiente de haber recibido la presente, atento haber incurrido en más de cinco (5) inasistencias consecutivas a prestar servicios en la Municipalidad de Chascomús, no habiéndose presentado a trabajar desde el día 04/05/23, luego de recibir el al alta médica de ART, bajo apercibimiento de quedar incurso de abandono de cargo y decretarse su cesantía de conformidad con las prescripciones del art. 108 de la ley 14.656.
Que con fecha 12 de Junio de 2023 el agente recibe la mencionada Carta Documento sin haber presentado en el plazo fijado sus inasistencias por lo que corresponde dictar el acto administrativo declarando la cesantía del agente.
Que con fecha 13/6/2023, mediante MEMO-2023-25784-CHASCOMUS-DAL#SG, la Dirección de Asuntos Legales solicita a la Secretaria de Servicios Públicos que:” informe si el agente se presenta a trabajar el día de hoy, verificándose por parte de esta Dirección, previo a emitir dictamen por abandono de puesto de trabajo (conf. art. 108 de la ley 14.656) si el agente presenta licencia médica”.
Que en el orden 6, en respuesta al memorándum mencionado en el párrafo anterior, la Secretaria de Servicios Públicos, informa que: “Habiendo consultado previamente al Director de Vialidad Municipal, informo a usted que el agente Mielnik Siatecki Alberto, no se ha reintegrado a trabajar”.
Que por lo expuesto hecho y derecho invocado la Dirección de Asuntos legales dictaminó que corresponde dictar el acto administrativo que decrete la cesantía del agente MIELNICK SIATECKI Alberto Fabián, Legajo Nº 9500.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1°.- Decrétese la cesantía del agente MIELNICK SIATECKI Alberto Fabián, DNI 39.436.019, Legajo N° 9500, por haber incurrido en inasistencias injustificadas reiteradas que exceden de CINCO (5) consecutivos, sin previo aviso a partir del 04/05/2023, de conformidad con lo prescripto por el art. 108 de la ley 14.656.-
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaria Privada, Secretaría de Servicios Públicos, Dirección Administrativa de RRHH, Dirección de Liquidaciones, y agente en calle Tapalqué N° 379 de la ciudad de Chascomús.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-