Boletines/Chascomús

Decreto Nº610/23

Decreto Nº 610/23

Chascomús, 23/06/2023

SUBSIDIO

Visto

El Expediente Electrónico EX-2023-00018225-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “Solicitud de subsidio para compra de materiales”, iniciado por HAEDO Sergio Alejandro; y

Considerando

Que se presenta el Sr. Sergio Alejandro Haedo, DNI: 21.657.070, peticionando un subsidio para la compra de materiales de construcción para poder ampliar y mejorar su vivienda, sita en calle Chubut N° 720 de esta ciudad, con la finalidad de que su hija pueda tener un espacio más cómodo para vivir con su hijo de pocos meses de vida.

Que en el orden 6, se agrega Informe Socio Ambiental, del cual surge que el peticionante es empleado municipal de planta permanente.

Que el grupo familiar conviviente está integrado por dos de sus cuatro hijos: Fiama Haedo, de 27 años, madre sola de Bautista, bebé de 2 meses de vida, quien percibe Asignación Universal por Hijo, y programa Más Vida. Cuenta con trabajo informal de autogestión de elaboración y venta de ensaladas. Actualmente se encuentra abocada al cuidado de su hijo recién nacido; Franco Haedo, de 25 años, cuenta con trabajo informal como pintor. Se encuentra estudiando plomería y gasista matriculado en un Centro de Formación Profesional Municipal.

Que todos los miembros convivientes gozan de buena salud. En caso de contingencias acuden al Hospital Municipal de Chascomús o CAPS Carranza.

Que el grupo familiar conviviente, reside en una casa que se encuentra bajo dominio del peticionante, según Ordenanza Municipal Nº 4684/2013. La misma cuenta con un comedor, cocina, baño y tres dormitorios. La vivienda se encuentra con deterioro en su conservación y mantenimiento. Cuenta con servicios de luz eléctrica, gas de red, agua corriente y cloacas.

Que los ingresos familiares provienen del trabajo municipal del solicitante; de los ingresos de su hija por la AUH.

 Que del informe mencionado, se concluye:” …. Teniendo en cuenta que los ingresos económicos familiares son insuficientes, encontrándose por debajo de la canasta básica, se considera oportuno dar curso favorable a la solicitud de subsidio de materiales de construcción a nombre del Sr. Sergio Haedo por el monto de $ 202.235 pagadero en un pago al proveedor SERVIMAT.SA y de $3.400 a la vidriería Ma-Se”.

Que en el orden 10/11 se adjunta presupuestos de casas de materiales.

Que en el orden 13 y 14 se agregan evaluación Técnica de la cuadrilla Municipal y de la Dirección Administrativa de Capital Humano, considerando favorable la solicitud de subsidio.

Que en el orden 17, se acompaña Planilla de Subsidio Individual, mediante la cual se autoriza el subsidio por la suma de $ 202.235 al proveedor SERVIMAT.SA; y al proveedor Ma-Se por la suma de $3.400.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha emitido dictamen favorable al otorgamiento del subsidio peticionado, debiendo verificarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social el uso del subsidio para los fines que fue solicitado.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1°.- Otórguese subsidio al Sr. HAEDO Sergio Alejandro,  DNI: 21.657.070,  para la compra de materiales de construcción para poder ampliar y mejorar su vivienda, sita en calle Chubut N° 720 de esta ciudad, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO ($ 205.635,00), a otorgarse en una única cuota, sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.-

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.04.00, Partida 5.2.1.0, Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).-

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría, Tesorería, Dirección de Políticas Comunitarias y beneficiario.-

ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-

ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-