Boletines/Chascomús
Decreto Nº 593/23
Chascomús, 21/06/2023
ADJUDICAR LICITACION PÚBLICA N° 17/23
Visto
La Licitación Pública N° 17/2022 tramitada mediante Expediente Administrativo Nº 4030-160146/M, Alcance I, caratulado “Obra Asfalto Barrio 30 de mayo – Etapa 1” y el Decreto Nº 272/23; y
Considerando
Que, con fecha 17 y 19 de Enero de 2023 se abrieron los sobres Nº 1 y Nº 2, con los antecedentes y las ofertas, respectivamente, presentándose las siguientes dos propuestas:
Que del análisis de los antecedentes y la documentación aportada y en base al informe realizado desde la Oficina Técnica y el dictamen del Sr. Secretario de Obras, la Comisión de Preadjudicación determinó que ambas propuestas se ajustan al proyecto licitado y cumplen con las especificaciones técnicas y demás requisitos establecidos en los pliegos de Bases y Condiciones.
Que atento lo referido, la Comisión de preadjudicación concluyó que “…teniendo en cuenta la fundamentación realizada en los informes referidos y considerándose válidas las dos ofertas, corresponde preadjudicar la obra “Asfalto Barrio 30 de Mayo - Etapa I” de la Licitación Pública Nº 17/2022 a la firma SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A por un monto de PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($ 95.735.290,00), ya que resulta la oferta económica más conveniente, superando al presupuesto oficial en 19,75%”.
Que a su vez, aconsejó al Sr. Intendente adjudicar en forma definitiva una vez notificada la “no objeción” a la ampliación del financiamiento previsto por parte del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, que es quién financia el proyecto y, dado que la oferta supera en casi 20% el presupuesto oficial, debe convalidar dicho exceso.
Que el día 20 de Marzo de 2023, a través de la Nota NO-2023-30446279-APN-SOP#MOP, la cartera ministerial referida notificó a la Municipalidad de Chascomús, a través del Sistema de Trámites a Distancia, que “… financiará la ejecución de la obra de la referencia hasta la suma de PESOS NOVENTA Y CINCO MILLONES, SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($95.735.290,00) representativos de un 100 % del precio de la obra adjudicada”.
Que a través del Decreto Nº 272/2023, al día siguiente se adjudicó la obra a la firma SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A, emitiéndose la Orden de Compra Nº 2253 con fecha 22/03/2023 y notificándose a la empresa a su domicilio fiscal electrónico el día 23 de Marzo de 2023.
Que, de acuerdo a las circunstancias descriptas, la adjudicación definitiva se produjo fuera de los plazos previstos para el mantenimiento de la oferta que, según lo establecido en los puntos 4.8 del PBCG y 3.5 del PBCP, era de 60 días corrido en total (tal cual lo expresa también la firma SOLIDUM en su carta de presentación de oferta –Anexo 7-) contados desde la fecha de apertura de las ofertas, motivo por el cual se mantuvieron conversaciones informales con los responsables de la empresa adjudicataria, quienes manifestaron que, dadas las circunstancias económicas del país, si el contrato y el pago del anticipo financiero se hicieran en plazos razonables, podrían evaluar la posibilidad de llevar adelante los trabajos de todos modos.
Que, en virtud de la incertidumbre respecto a la fecha de remisión del anticipo financiero por parte de la cartera de Obras Públicas, no se invitó a la firma a suscribir el contrato hasta tanto se tuviera información sobre esta cuestión.
Que teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, la firma SOLIDUM CONTRUCTIONE S.A presentó con fecha 01/06/23 la nota que luce agregada a fs. 991 del expediente mencionado en el visto, planteando la caducidad de la adjudicación realizada, e informando que los aumentos en los precios del concreto asfáltico, ítem principal de la obra, no están lo suficientemente contemplados en el tipo de redeterminación adoptada en los PBC, motivo por el cual no pueden sostener la oferta fuera del plazo establecido.
Que recién el día 14/06/23, desde el Área Administrativa de la Dirección Nacional de Gestión de Infraestructura del Transporte, se informó que se dio inicio a la tramitación del Anticipo Financiero, bajo el EX-2023-62133288-APN-DGD#MOP, agregándose que los fondos serían remitidos dentro de los próximos 35 a 40 días.
Que por tal motivo, y de acuerdo a lo previsto en el PBC, se contactó a la firma GYC CONSTRUCCIONES S.A, quien presentó la segunda oferta, a quienes se consultó sobre la disponibilidad para ejecutar la obra y la posibilidad de realizar una mejora de oferta, adecuándose al monto del convenio celebrado con el Ministerio de Obras Públicas.
Que, atento a que esta firma aceptó realizar la obra y presentó una Mejora de Oferta, corresponde dejar sin efecto la adjudicación realizada por Decreto Nº 272/23 y realizar una nueva adjudicación por el mismo monto a GYC CONSTRUCCIONES S.A.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado favorablemente respecto a lo indicado previamente.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto la adjudicación de la Licitación Pública N° 17/2023 realizada a través del Decreto Nº 272/2023 a la firma SOLIDUM CONTRUCTIONE S.A, de conformidad con lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese la Licitación Pública N° 17/2022 tramitada bajo Expediente Administrativo Nº 4030-160146/M, Alc. I, caratulado “Obra Asfalto Barrio 30 de mayo – Etapa 1”, a la firma GyC CONSTRUCCIONES S.A, por un monto de PESOS NOVENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($ 95.735.290,00), de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Obras Públicas, Contaduría, Tesorería, Compras y a las firmas SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A y GyC CONSTRUCCIONES S.A.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-