Boletines/Chascomús
Decreto Nº 586/23
Chascomús, 16/06/2023
SUBSIDIO
Visto
El Expediente Electrónico EX-2023-00019571-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “SOLICITUD DE AYUDA PARA MEJORAR SU HOGAR”; y
Considerando
Que del informe mencionado, se concluye que: “…Se considera oportuno dar curso favorable a la solicitud de subsidio de materiales de construcción por el monto de $ 307.142 pagadero en un pago al proveedor SERVIMAT.SA y de $3.400 a la vidriería Ma-Se” (en el orden 8/9 se adjuntan presupuestos de casas de materiales).
Que la Dirección de Asuntos Legales ha emitido dictamen favorable al otorgamiento del subsidio peticionado, debiendo verificarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social el uso del subsidio para los fines que fue solicitado.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1°.- Otórguese subsidio, para la compra de materiales de construcción para el acondicionamiento de la vivienda que habita, sita en calle José Castillo Nº 813 de la cuidad de Chascomús, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 310.542), a otorgarse en una única cuota, sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.-
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.04.00, Partida 5.1.2.0, Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría, Tesorería, Dirección de Políticas comunitarias y beneficiaria.-
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Señora Secretaria de Desarrollo Social (Fernanda Sallenave).-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-