Boletines/Chascomús
Decreto Nº 555/23
Chascomús, 02/06/2023
ADICIONAL OBRA
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-156600/M Alc 5 caratulado “Adicional de obra – Obra Reparación, adecuación y mejora en sector monolito de la defensa costera”
Considerando
Que a través del expediente principal, desde la Secretaría de Obras, se tramitó la ejecución de la obra de “Reparación, adecuación y mejora en sector monolito de la defensa costera”.
Que la misma fue adjudicada a la firma BELLINGERI ARNALDO R. CONSTRUCCIONES CUIT 20-12914704-1 mediante Contratación Directa de fecha 30/03/2023.
Que conforme surge de la Memoria Técnica Descriptiva agregada al expediente administrativo referido, “La obra “ Reparación de Murallas” no estaría completa sino se procede al llenado de juntas en el sector que primeramente no estaba incluido en dicha obra, por lo que podría producirse filtraciones, lo que acabaría con socavamientos que a la larga traerían nuevamente las mismas complicaciones que existen en la actualidad, las cuales fueron motivo de realizar dicha obra, es que se solicita una ampliación de Obra para completar con aproximadamente 120 m2 de murallas, para su rellenado y sellado en el sector del Monolito”
Que asimismo, el Señor Secretario de Obras dispone “Esta Secretaria considera oportuna la realización de la misma, ya que el nivel de las aguas permite que sea hecha desde la base de la muralla y sin riesgo para los operarios, ya que se trabaja sobre el lecho de la laguna. “
Que el valor de las tareas y materiales necesarios asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL ($540.000).
Que habiéndose celebrado el contrato por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTE ($1.974.720) el valor de las tareas adicionales representa 27,34% del importe contratado.
Que la ampliación requerida se encuentra prevista dentro de la disposición del Artículo 146 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el cual dispone “El Departamento Ejecutivo podrá disponer aumentos o reducciones de ítems contratados o creación de nuevos ítems cuyo valor no exceda en conjunto el veinte (20) por ciento del monto total del contrato, los que serán obligatorios para el contratista. También el Intendente podrá disponer, previo dictamen del organismo técnico municipal, trabajos que superen el porcentaje precedente y que resulten indispensables, urgentes o convenientes en una obra en curso de ejecución siempre que el importe de estos trabajos no exceda el cincuenta (50) por ciento del monto total contratado”
Que la Dirección de Asuntos Legales dictamino: Que podrá el D.E. autorizar el adicional de obra de rellenado y sellado de juntas en 120 m2 de murallas en el sector del Monolito, de conformidad con lo prescripto por el Art. 146 2do párrafo de la LOM, debiendo dictarse el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Señor IntendenteMunicipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1°.- Autorícese un adicional de obra por la suma PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL ($540.000) para la ejecución de los trabajos indicados en el exordio a la firma BELLINGERI ARNALDO R. CONSTRUCCIONES CUIT 20-12914704-1.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110114000, Categorías Programáticas 46.00.00 46.96.00 Obras Públicas- Reconstrucción Murallas Etapa II y III– Partida 4.2.2.0, Fuente 110 – Tesoro Municipal.-
ARTÍCULO3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Obras y Servicios Sanitarios, Contaduría, Tesorería, Dirección de Presupuesto y a BELLINGERI ARNALDO R. CONSTRUCCIONES.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios Sanitarios (Jorge Marino) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-