Boletines/Tandil
Decreto Nº 2497/2023
Tandil, 05/07/2023
Visto
La necesidad de la adquisición del servicio de hotelería para cubrir el hospedaje a los participantes del Encuentro Internacional de Ciudades Intermedias.-
La necesidad de modificación del decreto DECTO-2023-1987-E-MUNITAN-INT
Considerando
Que al respecto se ha llevado a cabo el Concurso de Precios Nº 93-03-23 "SERVICIO DE HOTELERÍA".-
Que por cuestiones de fuerza mayor algunos representantes de ciudad de otros continentes no pudieron participar del evento.-
Que en el decreto de adjudicación se le asignó el ítem 1° al proveedor Hotel Libertador S.A. de CUIT 30-57409300- 3 por un valor unitario de $24.950,00 siendo el requisito del proveedor que se utilicen más de 80 unidades.
Que al finalizar la contratación el informe de recepción N°4355/2023 refleja que se utilizaron un total de 48 unidades, por ende se debería adjudicar el valor unitario de $26.450,00 según las condiciones de la propuesta si se utilizaron 80 o menos unidades.
Que se han expedido la Secretaría de Economía y Administración por sus áreas, la Dirección de Compras y Suministros, la Contaduría General y la Dirección de Presupuesto.-
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Modifíquese el Artículo 1° del decreto DECTO-2023-1987-E-MUNITAN-INT quedando redactado de la siguiente manera “Adjudiquese el Concurso de Precios Nº 93-03-23 "SERVICIO DE HOTELERÍA" según el ítem 1° a favor del proveedor Hotel Libertador S.A. de CUIT 30-57409300-3 por el valor unitario de pesos VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($26.450,00), con un máximo de unidades a utilizar de 80; al proveedor Bahms S.A. de CUIT 30-71500516-2 por el valor unitario de pesos TREINTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($30.250,00), con un máximo de unidades a utilizar de 120. Según el ítem 2° a favor del proveedor, Bahms S.A. de CUIT 30-71500516-2, por el valor unitario de pesos SETENTA Y UN MIL ($71.000,00), con un máximo de unidades a utilizar de 10”.-
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por la Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales.-
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración Dirección de Compras, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Maria Marcela Petrantonio (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales - Intendencia