Boletines/Tandil
Decreto Nº 2424/2023
Tandil, 29/06/2023
Visto
Conforme al marco del proyecto de fortalecimiento de los equipos técnicos de las instituciones que forman parte de la Dirección de Niñez Adolescencia y Familia, los hogares convivenciales de nuestra ciudad, “Fantasía de Colores”, “Convivencia”, “Encuentro” y el Servicio Local de Promoción y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (SLPPNNA). Cabe mencionar que el mismo será financiado por la Ley N°13.163.
El objetivo de esta acción fue ampliar funciones y horas dedicadas a la tarea cotidiana por parte de los profesionales que integran e integrarán los equipos interdisciplinarios.
Conforme Decreto 300 de la Ley 13.298, en su art. 17: Financiamiento actual del Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos del Niño, “(…) A los efectos de garantizar el financiamiento permanente del sistema se destinará al menos el 50% del Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales, que creó la ley 13.163 y dec. 609/04 para el año en curso. (…)”
En cada municipio la Autoridad de Aplicación debe establecer órganos desconcentrados denominados Servicios Locales de Protección de Derechos. Serán unidades técnico operativas con una o más sedes, desempeñando las funciones de facilitar que el niño que tenga amenazados o violados sus derechos, pueda acceder a los programas y planes disponibles en su comunidad. El Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños es un conjunto de organismos, entidades y servicios que formulan, coordinan, orientan, supervisan, ejecutan y controlan las políticas, programas y acciones, en el ámbito provincial y municipal, destinados a promover, prevenir, asistir, proteger, resguardar y restablecer los derechos de los niños, así como establecer los medios a través de los cuales se asegure el efectivo goce de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, la Convención sobre los Derechos del Niño, y demás tratados de Derechos Humanos ratificados por el Estado Argentino.
Considerando
Que al respecto se han expedido la Secretaría de Economía por sus áreas la Dirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Procédase a extender órdenes de pago para:
SLPPNNA:
Senerela Giani DNI 39.848.845 Cuit 27-39848845-3
Lautaro Luengo DNI 38.854.976 Cuit 23-38854976-9
HOGAR ENCUENTRO:
Lisandro Cosentino DNI 40.669.218 Cuit 20-40669218-4
Samanta Dozo DNI 31.708.200 Cuit 27-31708200-8
HOGAR CONVIVENCIA:
Claudia Ghezzii DNI 22.614.834 Cuit 27-22614834-0
HOGAR FANTASIA DE COLORES:
Yesica Silvina Azcasuri DNI 31.227.208 Cuit 27-31227208-9
Silvina Oliver DNI 38.917.246 Cuit 23-38917246-4
A continuación, se detalla: -
Por la suma total de quinientos noventa y un mil pesos ($ 591.500,00) a favor de cada una de las personas mencionadas, pagaderos en 7 cuotas mensuales iguales y consecutivas de ochenta y cuatro mil quinientos pesos ($84.500,00), por el período comprendido entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2023, en el marco del Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales. El total del pago a la fecha de finalización en el marco del proyecto teniendo en cuenta la totalidad de los profesionales da un total de cuatro millones ciento cuarenta mil quinientos pesos ($4.140.500,00).
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Hábitat.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Alejandra Elizabeth Marcieri (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat - Intendencia