Boletines/Tandil

Decreto Nº2396/2023

Decreto Nº 2396/2023

Tandil, 29/06/2023

Visto

El Acta de Acuerdo de la Ju.P.A.R del 23 de Abril de 2023.

Considerando

Que se han expedido al respecto la Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General y Dirección de Presupuesto.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Designase transitoriamente al trabajador Esteban Ariel Ituarte –legajo 12616- como reemplazo en guardia de Tres Turnos Planta Depuradora centro, liquidándole Nivel 4 Meta 01 y el concepto N° 535 Guardia Tres Turnos, con retroactividad al 1° de Abril de 2023.

Artículo 2°: Desafectase al trabajador Alberto Andrés Sánchez –legajo 12615- del reemplazo transitorio que venía realizando en la Guardia Tres Turnos Planta Depuradora Centro, designando al mismo y al trabajador Alejandro Maximiliano Aguirre –legajo 12822- como operarios del camión Desobstructor Hidrojet, asignándoles el régimen de Guardia Técnico Operativa, con retroactividad al 1° de Abril de 2023.

Artículo 3°: Encasillase al trabajador Alejandro Maximiliano Aguirre –legajo 12822- en el Nivel 4 Meta 01, quedando desafectándole el adicional de extensión horaria, con retroactividad al 1° de Abril de 2023.

Artículo 4°: El egreso respectivo impútese a la partida 1.1.1.7. “Personal Obrero”, 1.1.3.5 “Bonificaciones exclusivas para el personal de Obras Sanitarias”, 1.2.1.1 “Personal Mensualizado”, 1.2.2.7 “Bonificaciones exclusivas para el personal de Obras Sanitarias” y demás específicas del inciso “Gastos en Personal” dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.05. – Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Programa 24 – Servicios Sanitarios, Actividad 01 – Mantenimiento de Redes, Actividad 03 – Desagües y Tratamientos Cloacales-, del Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio.

Artículo 5°: Insístase ante Contaduría General la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 6°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 7°: Regístrese; notifíquese por Dirección General de Obras Sanitarias –Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas-, tomen conocimiento Contaduría General, Dirección de Presupuesto y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno          -                  Intendencia