Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 185
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/05/2023
Visto las presentes actuaciones mediante las cuales el Sistema Integrado de Emergencias Prehospitalario (SIEmPre) solicita un espacio físico para asentar dos bases operativas y
CONSIDERANDO
Que desde fs. 04 a fs. 53, el Departamento Territorial informa sobre distintas parcelas baldías inscriptas a favor de la Municipalidad de Bahía Blanca en donde se podrían establecer dichas bases.
Que a fs. 55 el Sistema Integrado de Emergencias Prehospitalario solicita la afectación de los inmuebles ubicados en Av. Ing. Parchappe y Pasaje Hidalgo, Partida 0057149 y en calles Nicaragua y E. Rigamonti, Partida 0187189 para iniciar las tareas pertinentes para la concreción de la descentralización de las bases 2 y 3 que actualmente funcionan en un inmueble alquilado ubicado en calle Casanova 71.
Que a fs. 57, el Departamento Planeamiento Urbano informa que el inmueble identificado catastralmente como: Circ. I - Secc. C - Mz. 188b - Parcela 8 - Partida 57149, pertenece a la zona Anillo (A) del Código de Planeamiento Urbano y se encuentra alcanzado por la Ordenanza Nº 17235 "Reserva de inmueble para el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación", y el inmueble identificado como: Circ. II - Secc. C - Mz. 215f - Parcela 1 - Partida 187189 corresponde a una Reserva de Equipamiento Comunitario y pertenece a la zona Residencial Densidad Media (R1) del Código de Planeamiento Urbano y según el Decreto Ley 8912/77 en su artículo Nº 63 establece que "Se entiende por equipamiento comunitario a las edificaciones e instalaciones destinadas a satisfacer las necesidades de la comunidad en materia de salud, seguridad, educación, cultura, administración pública, justicia, transporte, comunicaciones y recreación".
Que agrega el Departamento Planeamiento Urbano que la actividad "Base operativa de servicios de emergencia", no se encuentra expresamente definida en el Código de Planeamiento Urbano pero podría asimilarse a los usos definidos en el rubro "Sanidad" del Cuadro de usos Nº 1 del Código de Planeamiento Urbano, todos permitidos en zonas Anillo y Residencial Densidad Media.
Que a fs. 59 el Sistema Integrado de Emergencias Prehospitalario detalla las obras planificadas para la construcción de las dos bases operativas.
Que a fs. 63 y 64 el Departamento Proyectos Urbanos agrega copia del Anteproyecto para la construcción de dichas bases, prestando conformidad la Directora General de SIEmPre del mismo y solicita dar curso al mismo.
Que por lo expuesto, ambos inmuebles citados precedentemente se encuentran bajo el dominio municipal y a los efectos de asignarlos al Sistema Integrado de Emergencias Prehospitalario para la construcción de dos bases operativas del servicio de emergencias.
Por lo expuesto, la INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA, en uso de sus facultades,
RESUELVE
PRIMERO: Asignar al Sistema Integrado de Emergencias Prehospitalario (SIEmPre) los inmuebles identificados catastralmente como: Circ. I - Secc. C - Mz. 188b - Parcela 8 - Partida 57149, sito en Av. Ing. Parchappe y Pasaje Hidalgo, y Circ. II - Secc. C - Mz. 215f - Parcela 1 - Partida 187189, sito en calles Nicaragua y E. Rigamonti, para la construcción de dos bases operativas para el servicio de emergencias, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente y a los antecedentes obrantes en el expediente 0-8308/2022.
SEGUNDO: Cúmplase, públiquese, dése al R.O., tomen nota a sus efectos la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano, el Registro Patrimonial, la Secretaría de Gobierno, los Departamentos Contralor de Obras Particulares, Planeamiento Urbano, Territorial, Catastro, la División Central Territorial de Datos, y demás dependencias municipales que correspondan. Hecho, ARCHÍVESE.