Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº220

Resolución Nº 220

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 21/06/2023

Visto que a fs. 1 el agente Hugo Muñoz, Legajo Nº 15189, dependiente del Departamento Electricidad y Mecánica (Oficina Nº 415), solicita el reconocimiento de los servicios desempeñados como becario Municipalidad de Bahía Blanca desde el día 1 de enero de 2007 al 20 de octubre de 2013, y de diferencias salariales producto de ese reconocimiento de dos (2) años anteriores a la fecha de la solicitud (8 de junio de 2023) de acuerdo al Artículo 2562 inc. C del Código Civil y Comercial y;

CONSIDERANDO: 

El informe y la documentación pertinente agregada por el Departamento Administración de Personal a fojas 2/3, y contando con la intervención de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a foja 4; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades

- RESUELVE -

ARTÍCULO 1)- Hacer lugar a lo solicitado por el agente Hugo Muñoz, Legajo Nº 15189, DNI 20.989.025, reconociendo los servicios desempeñados como becario de la Municipalidad de Bahía Blanca, por el termino de seis (6) años, nueve (9) meses y veinte (20) días.-

ARTÍCULO 2)- El reconocimiento realizado mediante el artículo 1º se efectúa a partir de la fecha de interposición de reclamo por parte del agente interesado, 8 de junio de 2023 y al solo efecto de la percepción de la bonificación por antigüedad y el usufructo de la licencia anual ordinaria dejando expresa constancia que quedara a exclusivamente a cargo del  agente la realización de los tramites pertinentes por  ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) a los fines de la obtención de reconocimiento de servicios en el ámbito previsional. 

ARTÍCULO 3)- El pago de la Bonificación por Antigüedad será aplicando seis (6) años, nueve (9) meses y veinte (20) días al 1% de su sueldo básico sobre la totalidad de los servicios, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18.008/2.014 y el Decreto Reglamentario 3.855/2.014.-

ARTÍCULO 4)- Hacer lugar a lo solicitado por el agente Hugo Muñoz, Legajo Nº 15.189, en cuanto al reconocimiento de las diferencias salariales no prescriptas de dos (02) años anteriores al 8 de junio de 2023 de acuerdo a lo establecido por el art 2.562 inc. C del Código Civil y Comercial, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante en cumplimento del articulo 140º del Reglamento de Contabilidad y 54º del Decreto Provincial 2.980/00.-

ARTÍCULO 5)- El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110101000, Cat Programática 01.01.00, Gasto 1131.-

ARTÍCULO 6)- Cúmplase, notifíquese, dese al R.O, pase a conocimiento e informe del Departamento de Administración de Personal, tome nota la Subdirección de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto y Departamento de Contaduría, hecho , vuelva para la redacción del correspondiente proyecto de ordenanza.-