Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº1484

Resolución Nº 1484

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 13/06/2023

Visto las presentes actuaciones, referidas a la eximición en el Impuesto Automotor solicitada por CARMEN MARIA SCHULMAISTER, D.N.I. Nº 5.622.667, por tratarse de un automóvil destinado al traslado de una persona con discapacidad; y,

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 5 el Departamento Tribunal de Faltas informa que el Dominio IIB-192 no registra deudas por infracciones al Transito en el Tribunal Municipal de Faltas; 

Que, a fojas 7 obra copia fiel de Título del Automotor del vehículo identificado con el Dominio IIB-192, registrando como titular a CARMEN MARIA SCHULMAISTER, D.N.I. Nº 5.622.667;

Que, a fojas 8 obra copia fiel del Certificado de Discapacidad, emitido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, con vencimiento 9 de marzo de 2033, a nombre de CARMEN MARIA SCHULMAISTER, D.N.I. Nº 5.622.667;

Que, a fojas 11 y 12  el Departamento de Recaudación informa que analizada la documentación presentada, correspondería se exima del pago del impuesto de los automotores Ley 13.010, al vehículo dominio IIB-192, a partir de la cuota 01-2023 y hasta el 09/03/2033, fecha en que expira el certificado de discapacidad;

Que, el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, Ley 10.397 y sus modificatorias, del año 2023, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) establece que quedan exentos del pago de la presente tasa "...los vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad y acrediten su existencia mediante certificaciones extendidas conforme la Ley N° 10.592 (complementarias y modificatorias), la Ley Nacional N° 22.431 (complementarias y modificatorias) o la legislación que las reemplace; o demuestren que se encuentren comprendidos en los beneficios establecidos en la Ley N° 19.279, conforme artículo 1° del Decreto N° 1.313 (y su reglamentación); que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor; conducidos por las mismas, salvo en aquellos casos en los que, por la naturaleza y grado de la discapacidad, o por tratarse de un menor de edad con discapacidad, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero...”;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º): Eximir del pago en el Impuesto Automotor - Ley Nº 13.010 - al vehículo identificado con el dominio IIB-192, a partir de la fecha 01 de enero de 2023 y hasta el día 9 de marzo de 2033, fecha en que expira el certificado de discapacidad, conforme lo dispuesto por La Agencia Nacional de Discapacidad, mediante Resolución Nº 1919/2021 por encontrarse afectado al uso de una persona discapacitada, en virtud de lo dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires 2021, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f).

ARTICULO 2º): Dejar constancia que ante cualquier cambio de titularidad, o modificación en las condiciones que dieron lugar a la eximición otorgada, el propietario o responsable estará obligado a solicitar la baja de la misma; de no ser así se le aplicarán las sanciones correspondientes.

ARTICULO 3º): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento Recaudación – Sector Automotores; hecho, ARCHIVESE.-