Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1257/23
Mar Chiquita, 14/07/2023
Visto
La Nota presentada por el Titular del Inmueble 3158/00 respecto del cobro de Alumbrado Público y;
Considerando
Que por error se liquidó el concepto Alumbrado de un Inmueble que no es de su propiedad;
Que, la Contribuyente obtiene la titularidad del Inmueble registrada en fecha 15/02/2023;
Que, el concepto de Alumbrado, correspondiente a la Tasa por Servicios Municipales se liquida en Tasa Municipal;
Que, en consecuencia, es pertinente regularizar la situación trasladando el monto en liquidación de Cooperativa como Nota de Crédito, a su Inmueble e imputar a cuotas a vencer de Tasa por Servicios Municipales y dar de alta el concepto en la cuenta 3157/00.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES
D E C R E T A
ARTICULO 1°: CARGUESE la Nota de Crédito en la cuenta 3158/00 por la suma de $4.020.- generado por pago erróneo en Cooperativa del Concepto Alumbrado Público imputándose de manera parcial a la cuota 4/2023 quedando esta en 2.327,80.- correspondiente a Tasas por Servicios Municipales más $1.140.- por el Fondo Seguridad en Playas.
ARTICULO 2°: Tome debida intervención la oficina de Modernización del Estado a fin de cargar el concepto Alumbrado en la cuenta 3157/00.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía Marcelo Ariel Pigliacampo y Secretario General Arq. Walter Wischnivetzky.
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE, a quienes corresponda, publíquese y dese al Registro Oficial.