Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1252/23
Mar Chiquita, 14/07/2023
Visto
La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 070/2023; y
Considerando
Que dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. con fecha 13/07/2023;
Que por la misma se permuta al Sr. Orellano Julio D.N.I 5.332.902 el inmueble identificado catastralmente como circunscripción 6, sección A, Manzana 10, Parcela 7 cuya titularidad ostenta, por el inmueble cuya nomenclatura catastral es circunscripción 6, sección A, manzana 10, parcela 8 titularidad municipal y declara de interés municipal la escrituración de la permuta realizada;
Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal N° 070/2023, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 12/07/2023, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario General Arq. Walter Wischnivetzky.
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.
VISTO
El Expediente Nº 641/2023 sobre solicitud de PERMUTA de lote al señor ORELLANO Julio, y;
CONSIDERANDO
Que el Sr. Orellano Julio es propietario del inmueble, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción: 6 Sección: A Manzana: 10 Parcela: 7.
Que la Municipalidad de Mar Chiquita es propietario del inmueble cuya nomenclatura catastral es Circunscripción: 6 Sección: A Manzana: 10 Parcela: 8.
Que en el expediente se adjuntan los respectivos informes de dominio que constatan la titularidad y fotos de los mismos, con su debido croquis de ubicación.
Que el expediente se inicia debido a que el Sr. Orellano Julio construyo de manera equivocada en un lote que no era de su titularidad, quedando baldío el terreno de su propiedad.
Que en este inmueble construido hoy convive con todos sus hijos, siendo mas de 5 familias las que ocupan el inmueble.
Que el Sr. Orellano y sus hijas se presentaron en el Banco de Tierras y Regularización Dominial con la finalidad de poder realizar la permuta de los inmuebles de referencia.
Que esta oficina cree que es pertinente realizar la permuta de los inmuebles de referencia debido a que el inmueble de titularidad del Sr. Orellano se encuentra baldío.
POR ELLO;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: PERMUTESE, al Señora ORELLANO Julio DNI 5.332.902, el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción: 6 Sección: A Manzana: 10 Parcela: 7, cuya titularidad ostenta, por el inmueble cuya nomenclatura catastral es Circunscripción: 6 Sección: A Manzana: 10 Parcela: 8, de titularidad municipal.-
ARTICULO 2º: DECLARAR de Interés Social la Escrituración de Permuta realizada de los inmuebles cuya nomenclatura catastral es Circunscripción: 6 Sección: A Manzana: 10 Parcela: 7 y 8.-
ARTICULO 3º: CONTINUESE, los trámites para la transmisión de dominio, por ante la Escribanía General de Gobierno.-
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo a sus efectos, a quienes corresponda, regístrese y cumplido archívese. -
Dada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante a los 12 días del mes de julio del año 2023