Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1210/23
Mar Chiquita, 06/07/2023
Visto
El Expediente Nº 526/23 donde tramita el llamado a Licitación Pública N° 011/23 “PAVIMENTACIÓN DIAGONAL COLON- SANTA ELENA”; y
Considerando
Que la Licitación Pública fue dispuesta por el Decreto N° 0896 con fecha 22 de mayo de 2023, con un Presupuesto Oficial de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON 92/100($ 150.801.174,92);
Que el día 30 de junio de 2023 se realizó el acto de apertura de ofertas, habiéndose presentado una (1) sola oferta, correspondiente a la Firma “MONTENEGRO JUAN CRUZ” quien cotizo la suma de pesos ciento cincuenta millones ochocientos un mil ciento setenta y cuatro con 92/100 ($ 150.801.174,92);
Que el día 30 de junio de 2023 se reúne la Comisión Evaluadora quien luego de analizar los aspectos técnicos y económicos de la oferta presentada, determina que la oferta realizada por la Firma “MONTENEGRO JUAN CRUZ” es de evidente conveniencia para el Municipio;
Que, por tratarse de única oferta, en el día de la fecha y por Ordenanza Nº 66/23 el Cuerpo Deliberativo autoriza al Departamento Ejecutivo a adjudicar la Licitación Pública Nº 011/23 a la Firma “MONTENEGRO JUAN CRUZ” en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: ADJUDICASE, la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 011/23 “PAVIMENTACIÓN DIAGONAL COLON SANTA ELENA” a la Firma “MONTENEGRO JUAN CRUZ” CUIT N° 20-25300486-0, con domicilio legal en calle 9 de julio N° 334 de la Ciudad de General Piran por un monto de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON 92/100($ 150.801.174,92) en un todo de acuerdo a las constancias obrantes en Expte. Administrativo N° 526/23 y a la Ordenanza N° 66/23.
ARTICULO 2º: El gasto ordenado en el artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110138000 Delegación Santa Elena – Cat. Prog. 84.93.00 - Fuente de Financiamiento 133 de Origen Nacional.
ARTICULO 3º: PROSÍGANSE las actuaciones a través de la Oficina de Compras.
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía Sr Pigliacampo Marcelo Ariel y el Secretario General Arq. Walter M. Wischnivetzky.
ARTICULO 5º: NOTIFÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro Oficial y publíquese.