Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1091/23

Decreto Nº 1091/23

Mar Chiquita, 27/06/2023

Visto

El informe del Departamento de Recaudación respecto de los Inmuebles 30895/00, 30896/00, 29013/00, 91390/00, 31974/00 y;

Considerando

Que por Decreto 902/2022 se aplicó Imputación de Notas de Créditos por pagos duplicados a los Inmuebles mencionados;

Que, por error, el Titular descarga de la página las cuotas para abonar, generando Notas de Crédito;

Que acredita documentación respaldatoria por lo que es pertinente Imputar a cuotas a vencer.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES

D E C R E T A

ARTICULO 1°: IMPUTASE la Nota de Crédito en la cuenta 30895/00 por la suma de $26.364 a las cuotas 3, 4, 5 y 6/2023 cancelando estas cuotas y quedando un saldo de $2.860.- que se cargará como Nota de Crédito para futuras emisiones; Imputase en la cuenta 30896/00 la Nota de Crédito por la suma de $21.729.- a las cuotas 3, 4 y 5/2023 cancelando estas y quedando un saldo que se afectará al pago parcial de la cuota 6/2023 quedando al misma en $3.489 Tasas por Servicios Municipales más $1.140.- Fondo Seguridad en Playas; Imputase en la cuenta 28013/00 la Nota de Crédito por la suma de $36.247.- a las cuotas 3, 4, 5 y 6/2023 cancelando estas y quedando un saldo de $2.478.- como Nota de Crédito para futuras emisiones; Imputase en la cuenta 91513/00 la Nota de Crédito por el monto de $1.148,30.- al pago parcial de  la cuota 3/2023 quedando la misma en $$46.703,12.-Tasa por la Conservación de la Red Vial más $850 Fondo Complementario Seguridad y Salud; Imputase en la cuenta 91390/00la Nota de Crédito por la suma de $2.080,90.- al pago parcial de la cuota 3/2023 quedando esta en $15.155.- Tasa por la Conservación de la Red Vial más $850.- Fondo Complementario Seguridad y Salud; Imputase en la cuenta 91974/00 la Nota de Crédito por la suma de $22.846.- al pago de cuotas 3 y 4/2023 cancelando estas y quedando un saldo de $4.477.- para el pago parcial de la cuota 5/2023 quedando la misma en $3.568.- Tasas por Servicios Municipales más $1.140.- Fondo Seguridad en Playas. 

ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía Marcelo Ariel Pigliacampo y Secretario General Arq. Walter Wischnivetzky.

ARTICULO 3°: COMUNIQUESE, a quienes corresponda, publíquese y dese al Registro Oficial.