Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1032/23
Mar Chiquita, 14/06/2023
Visto y considerando
Que atento lo establecido por los arts. 278 y 278 bis ley Orgánica de la Municipalidades (Mod. por Ley 12076). Las deudas de los contribuyentes que hubieran incurrido en mora en el pago de impuestos tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la Municipalidad prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse.
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES
D E C R E T A
ARTICULO 1º DECLARESE OPERADA la prescripción por el transcurso de los periodos correspondiente hasta la cuota 06-2018 inclusive, que, en concepto de tasas por alumbrado, limpieza y conservación de la vía pública, tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, Tasa por la Inspección de Seguridad e Higiene a distintos inmuebles, tasa mantenimiento Cementerio y Automotores que adjunta en Anexo I.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario General Walter Wischnivetzky.
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda, regístrese y archivase.
Anexo I
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