Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1008/23

Decreto Nº 1008/23

Mar Chiquita, 09/06/2023

Visto

El Expte. N° 568/23; y

Considerando

Que obra en el mismo las siguientes constancias: 1) Cambio de Agrupamiento Ocupacional de la agente Laterza, Liliana Luján, Legajo N° 1687; y 2) Aumento de categorías para los agentes Cardoso, Ramón Miguel, Legajo N° 770 y Cansina, Laura Alejandra, Legajo N° 2819 solicitados por los responsables de las áreas bajo su cargo;         

Que en el día de la fecha se reúne la Junta de Ascensos, Calificaciones y Disciplina, expidiéndose de manera favorable a la propuesta elevada por la Secretaría General;

Los alcances de la Ley Nº 14656/14 “Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNCIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: ESTABLECESE, a partir del día de la fecha, los siguientes ascensos para el Personal Municipal de Planta Permanente, los que a continuación se detallan:

JURISDICCIÓN 1110123000 – SECRETARIA DE GOBIERNO

  1. CANSINA, LAURA ALEJANDRA – LEGAJO N° 2819 – CUIL N° 27-36168503-8: Personal Administrativo de 35 horas semanales Clase II. Cat. Prog. 01.-

JURISDICCION 1110127000 – SECRETARIA DE INSPECCION GENERAL

  1. CARDOSO, RAMON MIGUEL – LEGAJO N° 770 – CUIL N° 20-14197782-3: Personal Obrero de 35 horas semanales Clase I. Cat. Prog. 01.-

ARTICULO 2°: ESTABLECESE, a partir del día de la fecha, el siguiente CAMBIO DE AGRUPAMIENTO OCUPACIONAL en la Planta de Personal vigente de la agente municipal que a continuación se detalla:

JURISDICCIÓN 1110136000 – DELEGACIÓN VIVORATA

  1. LATERZA, LILIANA LUJAN – LEGAJO N° 1687 - CUIL N°  27-20039385-1: Personal de Servicio de 35 horas semanales Clase II.  Cat. Prog. 68.0.1.0.-

ARTICULO 3°: ABÓNESE, a partir del día de la fecha a la agente LATERZA, LILIANA LUJAN – LEGAJO N° 1687 - CUIL N° 27-20039385-1 la compensación de GARANTIA SALARIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37° de la Ordenanza N° 134/22 atento el cambio de Agrupamiento Ocupacional efectuado en el Artículo 2° del presente.

ARTICULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario General Arq. Walter M. Wischnivetzky.

ARTICULO 5°: COMUNIQUESE, a sus efectos a la Oficina de Personal, a los interesados en legal tiempo y forma, a quienes demás corresponda, regístrese, publíquese y archívese.