Boletines/Vicente López

Decreto Nº1359/18

Decreto Nº 1359/18

Vicente López, 28/03/2018

CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 4119-7879/2017

Visto

Que a través de los Decretos Nros. 119 y 120 (modificado por Decreto Nº 328/2018) de fecha 10 de enero de 2018 se procedió a instrumentar la liquidación de Fondos Rotatorios destinados a las dependencias de las Secretarías Legal y Técnica y de Gobierno y Asuntos Interjurisdiccionales; y,

Considerando

Que por vía del Decreto Nº 1060 de fecha 9 de marzo de 2018 se dispuso aprobar la nueva estructura orgánico funcional del departamento ejecutivo, en virtud de la cual, la Secretaría Legal y Técnica fue reubicada como Subsecretaría, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica.
Que, con base en las constancias acumuladas a fs. 154/164, la Dirección de Rendiciones de Cuentas ha labrado el informe obrante a fs. 165 por el cual sugiere modificar el Decreto Nº 119/2018, procediéndose a dar de baja los Fondos Rotatorios habilitados para la entonces Secretaría Legal y Técnica.
Que, los montos surgidos de la baja antes mencionada serán destinados a la habilitación de Fondos Rotatorios para la Subsecretaría Legal y Técnica, como integrante de la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica, por lo cual resulta menester se disponga en igual sentido la ampliación de los montos habilitados a través del Decreto Nº 120/2018 y su modificatorio Nº 328/2018.
Que, conforme los datos hasta aquí expuestos, y sin perjuicio de que, por razones de operatividad, corresponda impulsar con la mayor celeridad posible las modificaciones que hasta aquí se han detallado, corresponde dejar constancia de que resta adecuar a las previsiones del Decreto Nº 1060/2018 los Fondos Rotatorios que por vía del Decreto Nº 119/2018 fueron habilitados para el Tribunal de Faltas, modificación cuyas tramitaciones corresponde encomendar a la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica y a la Dirección de Rendiciones de Cuentas, en tanto dependencias específicas en la cuestión.
Que al respecto rigen las normas establecidas por el Artículo Nº 192 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y los artículos 24 y 30 de Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de la Provincia de Buenos Aires, artículos 87 y 88 del Decreto 2980/00 Reforma Administrativa Financiera en el Ámbito Municipal (R.A.F.A.M.) y el Expediente 6124/17; y

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de fas atribuciones que le son propias,

DECRETA

ARTÍCULO 1°: DISPONER la baja de los Fondos Rotatorios asignados a la Secretaría de Legal y Técnica a través del Decreto Nº 119/2018, conforme al siguiente detalle: 

  SECRETARIA LEGAL Y TECNICA    
ÁREA CARGO BENEFICIARIO MONTO SEGUN DECRETO 119/2018 PROGRAMA
SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA Secretario 51161 $ 15.000,00 1110134000

ARTÍCULO 2°: DISPONER el alta de los Fondos Rotatorios asignados a la Subsecretaría Legal y Técnica como parte integrante de la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica, conforme al siguiente detalle:

  SECRETARIA DE GOBIERNO Y LEGAL Y TECNICA  
ÁREA CARGO BENEFICIARIO PROGRAMA MONTO HABILITADO
SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA Subsecretario  50006 1110118000 $ 15.000,00

ARTÍCULO 3°: MODIFÍCASE el artículo 2º del Decreto Nº 120/2018 (y su modificatorio, Decreto Nº 328/2018), el cual quedará redactado conforme se detalla a continuación. 

ARTICULO 2: Asígnese a la SECRETARÍA DE GOBIERNO Y LEGAL Y TÉCNICA para percibir mediante el sistema de Fondos Rotatorios la suma de $ 132.000.- (Pesos Ciento Treinta y Dos Mil) durante el Ejercicio 2018. Este monto se distribuirá de acuerdo al siguiente detalle:

  SECRETARIA DE GOBIERNO Y LEGAL Y TECNICA      
DEPENDENCIA CARGO JURISDICCION-PROGRAMA MONTO BENEFICIARIO
SECRETARIA DE GOBIERNO Secretario 1110118000 $ 16.000 51160
SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA Subsecretario 1110118000 $ 15.000 50006
SUBSECRETARIA DE PARTICIPACION CIUDADANA Y TRANSPARENCIA Subsecretario  1110118000 $ 12.000 51340
SUBSECRETARIA DE ACCION COMUNITARIA Y PLANES Subsecretario 1110118000 $ 17.000 51491
DEFENSORIA DEL PUEBLO Defensor del Pueblo 1110118000 $ 7.000 50011
DIRECCION DE IMPRENTA Director 1110118000 $ 3.000 51756
DELEGACION PUENTE SAAVEDRA Delegado 1110118000 $ 3.000 52196
DELEGACION VILLA ADELINA Delegado 1110118000 $ 3.000 52197
DELEGACION CARAPACHAY Delegado 1110118000 $ 3.000 52198
DELEGACION LA LUCILA Delegado 1110118000 $ 3.000 52199
DELEGACION MUNRO Delegado 1110118000 $ 3.000 52200
DELEGACION FLORIDA OESTE Delegado 1110118000 $ 3.000 52201
DELEGACION FLORIDA CENTRAL Delegado 1110118000 $ 3.000 52203
DELEGACION VILLA MARTELLI Delegado 1110118000 $ 3.000 52204
DELEGACION LA LOMA DE ROCA Delegado 1110118000 $ 3.000 52205
DIRECCION GENERAL DESCENTRALIZACION Y ATENCION VECINAL Director General 1110118000 $ 10.000 52666
DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA Y DE LEGISLACION Director General 1110118000 $ 10.000 A/D
DIRECCION DE VIVIENDA SOCIAL Director 1110118000 $ 5.000 A/D
DIRECCION DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Director 1110118000 $ 3.000 52931
CENTROS BARRIALES DE INFANCIA Director 1110118000 $ 3.000 52259
CENTRO DE CONVENCIONES PTE. DR. ARTURO FRONDIZI Director 1110118000 $ 4.000 52932
      TOTAL $ 132.000

Los montos indicados revisten el carácter de cupos máximos mensuales que los funcionarios titulares de los Fondos Rotatorios se encuentran autorizados a gastar por este sistema. Como consecuencia, en el Ejercicio 2018, el titular de cada Fondo Rotatorio tendrá una (1) apertura, once (11) reposiciones y una (1) rendición final, como máximo anual. 

ARTÍCULO 4°: ENCOMENDAR a la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica y a la Dirección de Rendiciones de Cuentas la realización de las gestiones que resulten menester adecuar a las previsiones del Decreto Nº 1060/2018 los Fondos Rotatorios que por vía del Decreto Nº 119/2018 fueron habilitados para el Tribunal de Faltas, en mérito a las consideraciones de mención exordial.-

ARTÍCULO 5°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

ARTÍCULO 6°: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Contaduría, la Dirección General de Tesorería, la Dirección de Rendiciones de Cuentas, la Dirección de Patrimonio y la Subdirección de Seguros), la Secretaría de Recursos Humanos, la Secretaría de de Gobierno y Legal y Técnica, la Subsecretaria Legal y Técnica y el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. 

ARTICULO 7°: Dése a registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

Fdo: Macri- Alvarez