Boletines/Vicente López
Decreto Nº 1359/18
Vicente López, 28/03/2018
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 4119-7879/2017
Visto
Que a través de los Decretos Nros. 119 y 120 (modificado por Decreto Nº 328/2018) de fecha 10 de enero de 2018 se procedió a instrumentar la liquidación de Fondos Rotatorios destinados a las dependencias de las Secretarías Legal y Técnica y de Gobierno y Asuntos Interjurisdiccionales; y,
Considerando
Que por vía del Decreto Nº 1060 de fecha 9 de marzo de 2018 se dispuso aprobar la nueva estructura orgánico funcional del departamento ejecutivo, en virtud de la cual, la Secretaría Legal y Técnica fue reubicada como Subsecretaría, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica.
Que, con base en las constancias acumuladas a fs. 154/164, la Dirección de Rendiciones de Cuentas ha labrado el informe obrante a fs. 165 por el cual sugiere modificar el Decreto Nº 119/2018, procediéndose a dar de baja los Fondos Rotatorios habilitados para la entonces Secretaría Legal y Técnica.
Que, los montos surgidos de la baja antes mencionada serán destinados a la habilitación de Fondos Rotatorios para la Subsecretaría Legal y Técnica, como integrante de la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica, por lo cual resulta menester se disponga en igual sentido la ampliación de los montos habilitados a través del Decreto Nº 120/2018 y su modificatorio Nº 328/2018.
Que, conforme los datos hasta aquí expuestos, y sin perjuicio de que, por razones de operatividad, corresponda impulsar con la mayor celeridad posible las modificaciones que hasta aquí se han detallado, corresponde dejar constancia de que resta adecuar a las previsiones del Decreto Nº 1060/2018 los Fondos Rotatorios que por vía del Decreto Nº 119/2018 fueron habilitados para el Tribunal de Faltas, modificación cuyas tramitaciones corresponde encomendar a la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica y a la Dirección de Rendiciones de Cuentas, en tanto dependencias específicas en la cuestión.
Que al respecto rigen las normas establecidas por el Artículo Nº 192 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y los artículos 24 y 30 de Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de la Provincia de Buenos Aires, artículos 87 y 88 del Decreto 2980/00 Reforma Administrativa Financiera en el Ámbito Municipal (R.A.F.A.M.) y el Expediente 6124/17; y
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de fas atribuciones que le son propias,
DECRETA
ARTÍCULO 1°: DISPONER la baja de los Fondos Rotatorios asignados a la Secretaría de Legal y Técnica a través del Decreto Nº 119/2018, conforme al siguiente detalle:
| SECRETARIA LEGAL Y TECNICA | ||||
| ÁREA | CARGO | BENEFICIARIO | MONTO SEGUN DECRETO 119/2018 | PROGRAMA |
| SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA | Secretario | 51161 | $ 15.000,00 | 1110134000 |
ARTÍCULO 2°: DISPONER el alta de los Fondos Rotatorios asignados a la Subsecretaría Legal y Técnica como parte integrante de la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica, conforme al siguiente detalle:
| SECRETARIA DE GOBIERNO Y LEGAL Y TECNICA | ||||
| ÁREA | CARGO | BENEFICIARIO | PROGRAMA | MONTO HABILITADO |
| SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA | Subsecretario | 50006 | 1110118000 | $ 15.000,00 |
ARTÍCULO 3°: MODIFÍCASE el artículo 2º del Decreto Nº 120/2018 (y su modificatorio, Decreto Nº 328/2018), el cual quedará redactado conforme se detalla a continuación.
ARTICULO 2: Asígnese a la SECRETARÍA DE GOBIERNO Y LEGAL Y TÉCNICA para percibir mediante el sistema de Fondos Rotatorios la suma de $ 132.000.- (Pesos Ciento Treinta y Dos Mil) durante el Ejercicio 2018. Este monto se distribuirá de acuerdo al siguiente detalle:
| SECRETARIA DE GOBIERNO Y LEGAL Y TECNICA | ||||
| DEPENDENCIA | CARGO | JURISDICCION-PROGRAMA | MONTO | BENEFICIARIO |
| SECRETARIA DE GOBIERNO | Secretario | 1110118000 | $ 16.000 | 51160 |
| SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA | Subsecretario | 1110118000 | $ 15.000 | 50006 |
| SUBSECRETARIA DE PARTICIPACION CIUDADANA Y TRANSPARENCIA | Subsecretario | 1110118000 | $ 12.000 | 51340 |
| SUBSECRETARIA DE ACCION COMUNITARIA Y PLANES | Subsecretario | 1110118000 | $ 17.000 | 51491 |
| DEFENSORIA DEL PUEBLO | Defensor del Pueblo | 1110118000 | $ 7.000 | 50011 |
| DIRECCION DE IMPRENTA | Director | 1110118000 | $ 3.000 | 51756 |
| DELEGACION PUENTE SAAVEDRA | Delegado | 1110118000 | $ 3.000 | 52196 |
| DELEGACION VILLA ADELINA | Delegado | 1110118000 | $ 3.000 | 52197 |
| DELEGACION CARAPACHAY | Delegado | 1110118000 | $ 3.000 | 52198 |
| DELEGACION LA LUCILA | Delegado | 1110118000 | $ 3.000 | 52199 |
| DELEGACION MUNRO | Delegado | 1110118000 | $ 3.000 | 52200 |
| DELEGACION FLORIDA OESTE | Delegado | 1110118000 | $ 3.000 | 52201 |
| DELEGACION FLORIDA CENTRAL | Delegado | 1110118000 | $ 3.000 | 52203 |
| DELEGACION VILLA MARTELLI | Delegado | 1110118000 | $ 3.000 | 52204 |
| DELEGACION LA LOMA DE ROCA | Delegado | 1110118000 | $ 3.000 | 52205 |
| DIRECCION GENERAL DESCENTRALIZACION Y ATENCION VECINAL | Director General | 1110118000 | $ 10.000 | 52666 |
| DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA Y DE LEGISLACION | Director General | 1110118000 | $ 10.000 | A/D |
| DIRECCION DE VIVIENDA SOCIAL | Director | 1110118000 | $ 5.000 | A/D |
| DIRECCION DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES | Director | 1110118000 | $ 3.000 | 52931 |
| CENTROS BARRIALES DE INFANCIA | Director | 1110118000 | $ 3.000 | 52259 |
| CENTRO DE CONVENCIONES PTE. DR. ARTURO FRONDIZI | Director | 1110118000 | $ 4.000 | 52932 |
| TOTAL | $ 132.000 |
Los montos indicados revisten el carácter de cupos máximos mensuales que los funcionarios titulares de los Fondos Rotatorios se encuentran autorizados a gastar por este sistema. Como consecuencia, en el Ejercicio 2018, el titular de cada Fondo Rotatorio tendrá una (1) apertura, once (11) reposiciones y una (1) rendición final, como máximo anual.
ARTÍCULO 4°: ENCOMENDAR a la Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica y a la Dirección de Rendiciones de Cuentas la realización de las gestiones que resulten menester adecuar a las previsiones del Decreto Nº 1060/2018 los Fondos Rotatorios que por vía del Decreto Nº 119/2018 fueron habilitados para el Tribunal de Faltas, en mérito a las consideraciones de mención exordial.-
ARTÍCULO 5°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 6°: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Contaduría, la Dirección General de Tesorería, la Dirección de Rendiciones de Cuentas, la Dirección de Patrimonio y la Subdirección de Seguros), la Secretaría de Recursos Humanos, la Secretaría de de Gobierno y Legal y Técnica, la Subsecretaria Legal y Técnica y el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 7°: Dése a registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.
Fdo: Macri- Alvarez