Boletines/Lobería

Decreto Nº430-23

Decreto Nº 430-23

Lobería, 28/02/2023

ASÍGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.721/22, el Decreto Nº 029/23; y

Considerando

QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 029/23, que realizará trabajos de albañilería en el Jardín Maternal, a partir del 16 de febrero de 2023;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista que se detalla, designado mediante Decreto Nº 029/23, que realizarán trabajos de albañilería en el Jardín Maternal, a partir del 16 de febrero de 2023;
APELLIDO Y NOMBRE                                                    DOCUMENTO
- MALDONADO, NÉSTOR ORLANDO                               26.576.930
- MALDONADO, MARTÍN HOMERO                                  28.836.406
- AZCONA, JUAN MANUEL                                                25.136.349
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar se detallan a continuación:
-Mampostería de ladrillo hueco cerámico de 0,18 m.
-Mampostería de ladrillo hueco cerámico de 0,12 m.
-Revoque hidrófugo.
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($ 1.398.900.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS TRES MIL CINCUENTA Y CUATRO ($ 1.203.054.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 167.868. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente, donde se dejará
expresa constancia de las unidades de trabajo ejecutadas.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 37 Dirección de Obras de Infraestructura – 04 Construcción Jardín Maternal - F. F. 132 De Origen Provincial – 1.2.1.0. Retribuciones del cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.