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Decreto Nº41/2023

Decreto Nº 41/2023

Rivadavia, 08/06/2023

AMERICA (Pdo. de Rivadavia), 8 de Junio de 2023.-

Visto

           Que por Ordenanza Nº 2.395/01, modificada por Ordenanza Nº 3.735/2015 y Ordenanza Nº 3994/17 se instituye el “Programa Concejo Deliberante Juvenil” cuyo objetivo principal consiste en que los alumnos del Ciclo Superior de la Educación Secundaria de nuestro Distrito, alumnos de Establecimientos Educativos Especiales y alumnos del Centro Complementario, seleccionados por las autoridades, tengan la oportunidad de conocer a través de una experiencia directa como funciona el Poder Legislativo local;

Considerando

                                   Que esta Presidencia tiene como objetivo, implementar el Programa para este año; que está dirigido a todos los Colegios del Distrito de Rivadavia cuyos alumnos cursen los últimos 3 años del Nivel Secundario, alumnos de Establecimientos Educativos Especiales y alumnos del Centro Complementario, seleccionados por las autoridades, con el fin de favorecer la integración de los mismos en el Programa;

                                      Que el principal interés es que los jóvenes aprendan una serie de conceptos como: el fin que persiguen las reuniones de comisión, como se redactan los anteproyectos, en qué consisten las sesiones públicas, como se pide la palabra, cómo eligen las autoridades, como se aprueba un proyecto, o sea todo el trabajo que se realiza en el H.C.D.;

         

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA EL SIGUIENTE:

 

DECRETO N° 41/2023

ARTÍCULO 1.- Impleméntese el “Programa Concejo Deliberante Juvenil” para el Ejercicio 2023, y que como Anexo I forma parte del presente, con la participación de alumnos de Establecimientos Educacionales públicos y/o privados del Distrito de Rivadavia que cursen los últimos 3 años del Nivel Secundario, alumnos de Establecimientos Educativos Especiales y alumnos del Centro Complementario, seleccionados por las autoridades y últimos 4 años del nivel Secundario de la Escuela Técnica N° 1 y Escuela Agraria N° 1 de Fortín Olavarría.

ARTICULO 2.- Declárese de Interés Legislativo Municipal el Programa “Concejo Deliberante Juvenil” Edición 2023.

ARTICULO 3.- La Presidencia del Honorable Concejo Deliberante deberá coordinar el programa, invitando a participar a todos los colegios y confirmar y/o modificar el cronograma de actividades con los Directivos de los mismos para dar cumplimiento a lo establecido en el Anexo “Programa Concejo Deliberante Juvenil”.

ARTICULO 4.- Solicitase a los Inspectores Jefes de las Ramas Oficial, Privada y Especial y a la Legislatura Bonaerense la adhesión al presente Programa.

ARTICULO 5.- Comuníquese, Regístrese y Archívese.

              DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA A OCHO  DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES-----------------

 

YAMILA ZAIN                                                          MARCELA LESCANO

Secretaria                                                                      Presidente

Honorable Concejo Deliberante                           Honorable Concejo Deliberante

Expte. N° 94/2023

ANEXO I

Decreto Nº 41/2023

CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL DISTRITO DE RIVADAVIA EDICIÓN 2023

 

CARTA ABIERTA A LOS JÓVENES PARTICIPANTES

Estimados alumnos y Docentes Asesores:

                                                            Nos complace presentarles el Programa Concejo Deliberante Juvenil, una iniciativa destinada a los estudiantes de nivel secundario, con el objetivo de fomentar la participación y el compromiso ciudadano. A través de este Programa, buscamos brindar a los jóvenes conocimientos sobre ordenanzas y dictámenes, aspectos fundamentales para el funcionamiento del Concejo Deliberante. Nuestra misión, y más aún este año en el que se cumplen 40 años de democracia ininterrumpida, es motivar a los jóvenes a convertirse en protagonistas activos y responsables del cambio generacional y cultural necesario para fortalecer nuestras instituciones republicanas. Los instamos a trabajar por el bien público y servir a los ciudadanos, fortaleciendo sus capacidades para intervenir y participar en la vida política con un espíritu verdaderamente democrático, ya sea en el ámbito de los partidos políticos o en las organizaciones comunitarias y de la sociedad civil. Como cuerpo legislativo, nos esforzamos por brindar a los jóvenes la oportunidad de interactuar con concejales, funcionarios y docentes, para que puedan presentar el proyecto que los representará. Nuestro objetivo es proporcionarles las nociones conceptuales y las herramientas básicas necesarias para comprender los principales aspectos del sistema político-institucional y social. Acompañar y capacitar a las nuevas generaciones es nuestro desafío, para que puedan acceder a los escenarios políticos institucionales con responsabilidad, conocimiento, idoneidad y compromiso social. ¡Sean bienvenidos al Programa Concejo Deliberante Juvenil!

 

MARCELA LESCANO

Coordinador General

Concejo Deliberante Juvenil

 

INTRODUCCIÓN

              Es de saber que este Programa tiene como principal objetivo conocer a través de una Experiencia Directa como funciona el Concejo Deliberante de nuestro Distrito, para ello elaborarán (con el asesoramiento de Concejales, Profesores) un Anteproyecto de Ordenanza, Resolución o Minuta de Comunicación, relacionada: a PROYECTOS COMUNITARIOS y elegirán entre ustedes quiénes serán los Concejales Juveniles que durante una semana los representarán y se desempeñarán como tales en el mencionado Concejo.

              Asimismo es nuestra intención premiar la participación en esta Edición con un viaje para todos los Concejales Juveniles, Docentes Asesores y Miembros del Honorable Concejo Deliberante.

 ÍNDICE DEL INSTRUCTIVO PARA PARTICIPAR DEL “CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL” Cómo es el cronograma del Concejo Deliberante Juvenil.

● I ETAPA

● II ETAPA

● Información General

● ¿Cuál es la función del Coordinador Distrital y Coordinadores Juveniles?

● Comisión Asesora: Integración y Funciones

● ¿Quiénes pueden participar en el Concejo Deliberante Juvenil?

● ¿Cómo se eligen los participantes del Concejo Deliberante Juvenil?

● Selección de los Colegios.

● ¿Qué condiciones debe reunir el Anteproyecto de Ordenanza?

● ¿Cómo se desarrollará el Encuentro Distrital?

 

¿Cómo es el Cronograma del Concejo Deliberante Juvenil?

Iº ETAPA:

Del 8 de Junio al 17 de Julio de 2023.

● Presentación y Aprobación del Proyecto en el H.C.D.

● Designación en el H.C.D. del Coordinador General y Comisión Asesora del C.D.J.

● Invitación a todos los Colegios Nivel Secundario, Escuelas Especiales y Centro Complementario. ● Entrega de instructivos a los colegios.

● Confirmación de la Participación de los Colegios.

 

IIº ETAPA:

Del 31 de Julio al 23 de Agosto de 2023.

● Elaboración de los Anteproyectos de Ordenanzas.

● Designación de los Concejales Juveniles, entre los alumnos de los Colegios participantes.

● Oficialización de Listas.

● Envío al H.C.D. copias de los proyectos presentados y escrutinio electoral.

● 23 de Agosto de 2023: Sesión Preparatoria y Sesión Pública Ordinaria Nº 1/2023

 

IIIº ETAPA

Del 29 de Agosto al 26 de Septiembre de 2023.

● Tratamiento de los Anteproyectos en el H.C.D.: Reuniones de Comisión – Sesión Pública Ordinaria Nº 2/23.

● Cierre del Programa, entrega de Diplomas a los Concejales que participaron del Programa “Concejo Deliberante Juvenil”.

● Coordinación viaje de participantes.

 

FUNCIONES DEL COORDINADOR GENERAL:

⮚El H.C.D. delegará en el Presidente del Cuerpo la función de Coordinador General quien será el responsable de todo lo referente al Programa.-

⮚El Coordinador supervisará y coordinará todas las actividades a desarrollar dentro del marco del Programa con la colaboración del personal del Concejo.-

⮚El Coordinador deberá estar permanentemente en contacto con el Cuerpo Legislativo informando de las actividades que se han desarrollado.-

⮚Seleccionará los colegios que han de participar en el Programa y entrevistará a los Directores y/o Rectores, cuyos alumnos participarán del mismo.-

⮚Remitirá al H.C.D., sin excepción alguna, la nómina final de todos los colegios que participarán del Programa. De no dar cumplimiento a esta obligación, el colegio quedará automáticamente fuera del Programa.-

⮚Los Establecimientos Educativos deberán remitir al Coordinador General, sin excepción alguna, el listado de todos los alumnos/as electos como Legisladores y de los Docentes Asesores que participarán en el programa de cada colegio. A tal efecto deberá consignar, en planilla confeccionada preferentemente en computadora, los siguientes datos:

*Apellido y Nombre.-

*Fecha de Nacimiento.-

*D.N.I..-

*Teléfono.-

*Localidad.-

*Provincia.-

*Código Postal.-

*Colegio al que representa.-

*Anteproyecto a elaborar.-

⮚Deberá informar a la prensa de todo lo desarrollado y del mecanismo de participación, como así también solicitar el apoyo y acompañamiento de los medios de comunicación distritales.

⮚Instituirá a los Directores/as y/o Rectores/as, Docentes Asesores y Legisladores Juveniles sobre el espíritu y objetivo del Programa, entregarán el instructivo con el procedimiento a seguir y evacuarán todas las consultas sobre el mismo.-

 

COMISION ASESORA: INTEGRACION Y FUNCIONES:

● La Comisión estará formada por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante y los Presidentes de cada Bloque y/o quienes ellos designen.

● Fijará día y horario en que se reunirán, para encontrarse disponibles ante el requerimiento de los jóvenes o docentes que lo soliciten, desde la Primera Etapa.

● Tendrán como función asesorar y guiar a los interesados en la elaboración de proyectos y demás cuestiones de carácter formal.

 

¿QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR EN EL CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL DEL DISTRITO DE RIVADAVIA?

⮚Podrán participar en el Concejo Deliberante Juvenil todos los colegios, escuelas e institutos, estatales y/o privados, habilitados y reconocidos por los organismos educativos oficiales.-

⮚Los 2 (dos) Jóvenes alumnos/as que participarán, en representación de los establecimientos educativos, tendrán que tener hasta 18 años de edad al 31 de Diciembre de 2022, es decir, no podrán participar aquellos alumnos que cumplan 19 durante el corriente año. (A excepción de los alumnos de las Escuelas Especiales, Escuela Técnica N° 1 y Escuela Agraria N° 1 f. Olavarría). ⮚Los alumnos deben tener la condición regular y estar cursando los últimos 3 años del Nivel Secundario y Escuelas Especiales, y los últimos 4 años los alumnos de la Escuela Técnica N° 1 y Escuela Agraria N° 1 F. Olavarría. ⮚Los alumnos, que asumirán el rol de Concejales Juveniles, presentarán iniciativas que contemplen las realidades locales, las cuales serán formuladas como Anteproyectos de Ordenanza con el asesoramiento de los Docentes Asesores y del Coordinador General.-

⮚Podrán participar los alumnos de la Escuela Técnica N° 1 y Escuela Agraria N° 1 F. Olavarría, que cursan hasta el 7mo año, pudiendo tener la edad de hasta 20 años.

 

¿CÓMO SE ELIGEN LOS PARTICIPANTES DEL CONCEJO DELIBERANTE JUVENIL?

⮚Cada colegio, escuela, instituto o fundación estará representado en el C.D.J. por: 2 (dos) alumnos/as, que cumplirán el rol de Concejales Juveniles, 2 (dos) Concejales Juveniles Suplentes 1 (un) docente que cumplirá el rol de Docente Asesor y 1 Anteproyecto de Ordenanza.-

⮚Será función del director/a y/o rector/a del establecimiento educativo promover la potencial participación de todos los alumnos de los últimos 3 (tres) años del ciclo  educativo y escuelas especiales y los últimos 4 años los alumnos de la Escuela Técnica N° 1 y Escuela Agraria N° 1 F. Olavarría. quienes serán los verdaderos protagonistas del Programa. Se concientizará sobre el espíritu y los objetivos del Programa y se incentivará a los jóvenes a participar del mismo.- ⮚El director y /o rector, junto con el coordinador, instruirán a los alumnos sobre los criterios de participación, en cada Institución Educativa, que serán las siguientes:

✔ Los alumnos/as tomarán la decisión de elaborar un anteproyecto de ordenanza, Resolución o Minuta de Comunicación. Definirán sus características y la propuesta de trabajo.

✔ Podrán participar todos los jóvenes que tengan la inquietud de presentar un anteproyecto referido a una temática determinada y que cumpla las condiciones anteriormente señaladas.-

✔ Los jóvenes tendrán que formar grupos de trabajo, y podrán existir tantos grupos de trabajo como propuestas de anteproyectos a elaborar existentes.-

✔ Cada grupo de trabajo deberá elegir a 2 (dos) alumnos/as (compañeros) y un docente asesor, quienes lo representarán y por extensión del colegio, en el Concejo Deliberante Juvenil y serán responsables directos del Anteproyecto.-

✔ La forma de selección del anteproyecto que representará al colegio, los 2 (dos) Legisladores Juveniles y el Docente Asesor, se llevará a cabo por elecciones libres, con voto secreto y no obligatorio, de todos los alumnos de los últimos 3 (tres) años del ciclo educativo y los últimos 4 años los alumnos de la Escuela Técnica N° 1 y Escuela Agraria N° 1 de F. Olavarría, pertenecientes al colegio.-

✔ Para el acto electoral cada grupo deberá presentar sus listas de candidatos y confeccionar sus boletas electorales donde consten:

*Apellido y Nombres de los/as 2(dos) alumnos/as que se postulen como Legisladores Juveniles.- *Apellido y Nombres de 1(un) Docente Asesor.-

*Título de la propuesta de un anteproyecto de ordenanza, resolución o minuta de comunicación.- Se utilizará el formato de Boleta Única durante la elección, sirviendo el siguiente modelo de ejemplo:

 

 

✔ El Director/a y/o Rector/a del colegio se constituirá como “Junta Electoral”

✔ El Director y/o Rector del colegio constituido en “Junta Electoral” será el responsable de organizar todo lo inherente al acto eleccionario, el cual se desarrollará en un solo día, como ser:

● Campañas electorales: los alumnos durante 7 días hábiles anterior al día del acto eleccionario explicarán a sus compañeros las diferentes propuestas de sus anteproyectos de ordenanzas, características del mismo, perfil de los Legisladores Juveniles y del Docente Asesor Postulado.-

● Que el acto eleccionario se desarrolle con total libertad y tranquilidad.-

● Que voten todos los alumnos que así lo deseen de los últimos 3 (tres) años del ciclo educativo y escuelas especiales y los últimos 4 años los alumnos de la Escuela Técnica N° 1 y Escuela Agraria N° 1 de F. Olavarría

● Confección de los padrones (listados de todos los alumnos del Colegio de los últimos 3(tres) años del ciclo educativo).-

● Los alumnos que voten tendrán que presentar su Documento o Cédula de Identidad y serán tachados del padrón a medida que emitan su voto.-

● Disposición de las urnas.-

● Definición de las autoridades de la/s mesa/s electoral/es.-

● Fiscales (cada grupo podrá incluir en cada mesa electoral constituida, un alumno que represente a su lista y fiscalice el acto electoral en su totalidad). –

● Veedor del escrutinio.-

✔ El tiempo de la campaña electoral se llevará a cabo a partir del día posterior al cierre de oficialización de listas hasta el día anterior al acto eleccionario.

✔ La lista ganadora; los dos Concejales Juveniles, el Docente Asesor y el anteproyecto de ordenanza, representará al colegio en el evento distrital del Programa.

✔ En caso de empate: existiendo empate entre dos proyectos y si participan más de dos en la elección se procede a una segunda vuelta el mismo día, si participan solo 2 (dos) proyectos se procede a segunda vuelta al día siguiente.

✔ Los 2 (dos) alumnos electos serán declarados “Concejales Juveniles", por medio de un acta firmada por la “Junta Electoral”. En dicha acta también asentarán todos los detalles concernientes al resultado del escrutinio.-

✔ El colegio que no cumpla con la fecha de entrega del anteproyecto, quedará excluido del Programa en forma inmediata.

✔ Los dos Concejales Juveniles y el Docente Asesor trabajarán conjuntamente con el grupo de trabajo que lo postuló y podrán integrar al equipo a todo otro alumno que desee colaborar en la elaboración del anteproyecto.-

✔ El director y/o rector elevará al Coordinador un listado conteniendo los datos de todos los alumnos que participaron hasta esta etapa del Programa, de los dos Legisladores Juveniles y del Docente Asesor. Deberá consignar en planilla (confeccionada preferentemente en computadora) los siguientes datos:

*Apellido y Nombre.-

*Fecha de Nacimiento.-

*D.N.I.- *Domicilio.- *Teléfono.-

*Localidad.- *Código Postal.-

*Nombre del Colegio.-

*Temática del anteproyecto de Ordenanza.-

✔ El Docente Asesor asistirá a los alumnos en las distintas instancias de capacitación de elementos conceptuales, técnicos y metodológicos para la elaboración del Anteproyecto.-

✔ Cada colegio sólo elevará, para su tratamiento en el evento distrital del Programa, un Anteproyecto de Ordenanza, Resolución o Minuta de Comunicación (Adjuntando 3 (tres) copias del mismo).-

✔ Para participar del evento distrital del programa, cada colegio deberá cumplimentar en tiempo y forma los requerimientos exigidos según el cronograma y todo lo anteriormente expresado.-

 

¿QUÉ CONDICIONES DEBE REUNIR EL ANTEPROYECTO DE ORDENANZA?

El anteproyecto deberá reunir una serie de condiciones que lo habiliten para poder participar en el evento distrital del Programa. Las mismas son las siguientes:

⮚El contenido del anteproyecto de ordenanza deberá adecuarse a las circunstancias reales por las cuales atraviesa cualquier legislatura de nuestro país y del mundo: tendrá que ser factible en su faz técnica, en caso de necesitarse fondos financieros para su implementación deberá señalarse de donde se obtendrán los mismos, deberá contener aportes de creatividad y originalidad, perspectivas innovadoras, análisis de impacto cuali-cuantitativo en cuanto a su aplicación, etc.

⮚El anteproyecto de ordenanza se basa en problemáticas locales o regionales, necesariamente tendrá que contener medidas legislativas o soluciones concretas que tengan una proyección real a nivel distrital.-

 

¿QUÉ TIPO DE PROYECTOS SE PUEDEN PRESENTAR?

Los Proyectos que se presenten al Concejo podrán ser de:

ORDENANZA: Si crea, reforma, suspende o deroga una regla general, cuyo cumplimiento compete al Intendente Municipal.

DECRETO: Si tiene por objeto el rechazo de solicitudes particulares, la adopción de medidas relativas a la composición u organización interna del Concejo y en general, toda disposición de carácter imperativo, que no requiera promulgación del Departamento Ejecutivo.

RESOLUCIÓN: si tiene por objeto expresar una opinión del Concejo sobre cualquier asunto de carácter público o privado, o manifestar su voluntad de practicar algún acto en tiempo determinado.

COMUNICACIÓN: Si tiene por objeto contestar, recomendar, pedir o exponer algo.

REUNIONES DE COMISIÓN

1.- Se podrán conformar hasta 4 (Cuatro) Comisiones teniendo en cuenta las temáticas abordadas en los Anteproyectos de Ordenanza, Resolución o Minuta de Comunicación elaborados en los colegios por los Legisladores Juveniles. Una de ellas será de temática libre (incluirá aquellos Anteproyectos cuya temática no pudiera ser tratada en ninguna de las otras Comisiones).

2.- Cada Comisión tendrá como autoridades: 1 (un) Presidente y 1 (un) Vicepresidente.

3.- En caso de que una comisión fuese muy numerosa en cantidad de Legisladores Juveniles y Anteproyectos, podrá adoptarse el criterio de dividirla en 2 (dos) subcomisiones. Sus autoridades serán las mismas de la comisión que les dio origen.

4.- En cada comisión se convocará la presencia de un especialista en el tema específico aportando aspectos conceptuales y metodológicos para la elaboración de los proyectos.-

5.- Se considerará que un Anteproyecto de Ordenanza ha sido aprobado en comisión cuando obtenga como mínimo el voto de la mayoría de los Legisladores miembros de una comisión.-

 

BLOQUES – FORMACIÓN

1.- Los Concejales juveniles se constituirán en dos (2) Bloques: BLANCO Y AZUL Cada Bloque se conformará por sorteo entre los Colegios.

El Bloque mayoritario será el que más votos obtuviera en la elección dado por la sumatoria de votos que cada Bloque haya obtenido.

2.- Los 2 (dos) Concejales Juveniles que representan a un Colegio integrarán un mismo Bloque. Ejemplo: Luego del sorteo se da esta posición

 

BLOQUE BLANCO                                              BLOQUE AZUL

Colegio A    110                                                  Colegio D 210

Colegio B    58                                                    Colegio E 84

Colegio C  150                                                    Colegio F 106

                 318                                                                  400

 

BLOQUE MAYORITARIO: AZUL

 

CABE ACLARAR QUE LOS VOTOS SUMADOS SON LOS LOGRADOS POR CADA LISTA Y NO EL TOTAL DE CADA COLEGIO

PREPARATORIA

La Sesión Preparatoria se realizará en el recinto de sesiones del Honorable Concejo Deliberante. La Presidencia la ejercerá provisoriamente el Concejal Juvenil de mayor edad, integrante de la Lista Mayoritaria, quien tomará juramento a todos los Concejales y actuará como secretario provisional un Concejal Juvenil integrante de la lista Minoritaria.

Una vez cumplido, el Cuerpo Deliberativo elegirá sus autoridades: Presidente, Vice 1º, Vice 2º y Secretario del Cuerpo.

El Presidente electo tomará juramento al Concejal que ejerció la Presidencia Provisoriamente. La elección del Presidente y el Secretario de Bloque, se realizará entre los Concejales juveniles miembros de cada Bloque, eligiendo cargo por cargo (en primer término al Presidente y luego el Secretario de Bloque), con el voto directo de los Concejales Juveniles y por mayoría simple (mitad más uno de los miembros).-

Cabe aclarar que la cantidad ideal de establecimientos educativos que participen del evento sea igual a la mitad de la cantidad de bancas que conforman este Concejo Deliberante Juvenil (el total de bancas de nuestro H.C.D. es de 12).

Si todos los Colegios participarán (el total de los Colegios son 12), se modificaría el número de Concejales y habría dos Bloques, teniendo el Bloque mayoritario la Presidencia del Cuerpo.

Si la participación de los Colegios fuera menor a seis (6), se incorporará la lista de Concejales que haya obtenido mayor cantidad de votos entre los electos segundos y así sucesivamente.-

 

SESIONES ORDINARIAS Y ACTO DE CIERRE

 1. En la sesión pública donde se dé tratamiento a los proyectos, cada concejal tendrá doble voto debiendo elegir dos proyectos diferentes a los que le asignará un voto a cada uno. En caso de empate, se realizará una segunda votación, la cual versará únicamente sobre los proyectos empatados, abriéndose el debate nuevamente para que los concejales expongan y defiendan sus proyectos. Luego se procederá a efectuar la votación (aquí los concejales tendrán un único voto) y si el empate continúa desempatará el Presidente Juvenil. Todos los Anteproyectos tratados en cada una de las Comisiones, aprobados o no como proyecto de ordenanza, resolución o minuta de comunicación, podrán ser considerados, tratados y votados en las Sesiones Ordinarias de este Honorable Concejo Deliberante.