Boletines/General Guido
Ordenanza Nº 10/2023
General Guido, 29/05/2023
Visto:
La importancia de preservar el patrimonio histórico y cultural del Partido de General Guido y
Considerando:
Que las fachadas de edificaciones antiguas son testimonio de la historia y la identidad de un Pueblo.
Que necesitamos proteger y conservar estas fachadas como parte del legado cultural de cada lugar.
ORDENANZA
Artículo 1º): Se declara como patrimonio histórico del Partido de General Guido a las fachadas de edificaciones antiguas que representan un valor histórico, arquitectónico, estético o cultural significativo.
Artículo 2º): Las fachadas de edificaciones declaradas como patrimonio histórico deberán ser protegidas y conservadas en su estado original o restauradas de acuerdo con las pautas y regulaciones establecidas por la Municipalidad.
Artículo 3º): Se podrán otorgar incentivos y beneficios para propietarios y residentes que realicen la conservación y mantenimiento adecuados de las fachadas históricas.
Artículo 4º):La Municipalidad llevará a cabo investigaciones y estudios para identificar y catalogar las fachadas de edificaciones antiguas que merezcan ser declaradas como Patrimonio histórico.
Artículo 5º): Se creará un registro oficial de las fachadas históricas, que incluirá información relevante sobre cada una de ellas, su ubicación, características arquitectónicas y valor histórico.
Artículo 6º): La Municipalidad promoverá la conciencia sobre la importancia del patrimonio histórico y fomentará la valoración y el respeto por las fachadas de edificaciones antiguas a través de campañas educativas y actividades culturales.
Artículo 7º): Se establecerán programas de incentivos y subvenciones para la restauración y conservación de las fachadas históricas, en colaboración con entidades gubernamentales, privadas y organizaciones sin fines de lucro.
Artículo 8º):La presente Ordenanza funcionara como complementaria de la Ordenanza 11/2019.
Artículo 9º):Los deberes y facultades otorgados a la Municipalidad por los artículos 2, 4 y 6 de la presente serán ejercidos hasta tanto se conforme la Comisión para la Protección del Patrimonio Cultural del Partido de General Guido, según artículo 3 de la Ordenanza 11/2019
Artículo 10º):De forma.