Boletines/Saavedra

Decreto Nº1477

Decreto Nº 1477

Saavedra, 24/11/2022

“Las Malvinas son argentinas”

 

CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 94506/2022.-

 

PIGÜÉ, 24 de noviembre de 2022.-

Visto

lo solicitado por la Directora del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé y el informe producido por el Contador Municipal, que corren agregados al presente expediente

POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:

D E C R E T A

Art. 1º        Desígnase, a partir del 01 de noviembre de 2022 hasta el 22 de noviembre de 2022 inclusive, a CRISTELA OCCELLI, D.N.I. Nº 38.924.366, C.U.I.L. Nº 27-38924366-9, con domicilio en calle Leandro N. Alem Nº 943 PB de Pigüé, quien desempeñara tareas como Enfermera en el Sector de Hogar de Ancianos del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé, con asignación de Categoría 5, Régimen horario 48 hs. semanales de labor, abonándosele bonificación por turnos rotativos y tarea insalubre.-

Art. 2º        Autorizase el cambio de funciones, sector y régimen horario, a partir del 23 de noviembre de 2022 hasta el 05 de diciembre de 2022 inclusive, a CRISTELA OCCELLI, D.N.I. Nº 38.924.366, quien se desempeñará como Vacunadora del Servicio de Pediatría del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé, con asignación de Categoría 5, Régimen horario 42 hs. semanales de labor, desafectándosele el pago de la bonificación por turnos rotativos y tarea insalubre.-

Art. 3º        La erogación producida deberá asignarse a: Jurisdicción 1110105000 – Secretaría de Salud Pública; Programa 17 – Atención de Ancianos y Salud Mental de Pigüé – 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo; Agrupamiento 10 – Personal Temporario, del Presupuesto de Gastos vigente y Jurisdicción 1110105000 – Secretaría de Salud Pública; Programa 16-01 – Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé – 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo; Agrupamiento 10 – Personal Temporario, del Presupuesto de Gastos vigente.-

Art. 4º        Comuníquese, tómese nota por la Oficina de Personal / Liquidación de Haberes, Contaduría, Tesorería, Dirección del Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé quien notificará al agente y retendrá las presentes actuaciones por el período fijado, a fin de determinar la continuidad o no de la misma, dése al Registro de Decretos y cumplido, archívese.-