Boletines/Vicente López
Decreto Nº 3564/23
Vicente López, 15/06/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-2015-2023
Visto
El llamado a Licitación Privada N° 79 dispuesto por Decreto Nº 2655/23 para la “ADQUISICION DE 1 (UNA) ENVASADORA, CON DESTINO AL HOSPITAL MUNICIPAL DR. BERNARDO HOUSSAY, DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE SALUD”, y
Considerando
Que conforme Acta de Apertura obrante a fs. 102 se ha presentado un único oferente.
Que en virtud de ello, a fs. 137 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, aconseja desestimar la única oferta presentada y proceder a realizar un segundo llamado.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- DESESTIMAR la única oferta presentada en el primer Llamado a Licitación Privada Nº 79, oportunamente dispuesto por Decreto Nº 2655/23, en merito a las razones expuestas en el exordio.
Artículo 2º.- Proceder a efectuar un segundo llamado correspondiente a la Licitación Privada N° 79 para la “ADQUISICION DE 1 (UNA) ENVASADORA, CON DESTINO AL HOSPITAL MUNICIPAL DR. BERNARDO HOUSSAY, DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE SALUD”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante a fs. 11/23 y al Pliego de Bases y Condiciones Generales de fs. 27/34.
Artículo 3º.- Establecer en la suma de Pesos nueve millones cuarenta y dos mil diecinueve con ochenta y ocho centavos ($9.042.019,88) el Presupuesto Oficial para la presente Licitación.
Artículo 4º.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones, cursar invitaciones a las firmas especializadas del ramo, haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de Pesos nueve mil cuarenta y dos($9.042,00). Exceptuar del pago del pliego al proveedor participante del primer llamado.
Artículo 5º.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en el Palacio Municipal el día 11/07/23 a las 12:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.
Artículo 6º.- Refrendar el presente los Sres. Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.
Artículo 7º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Compras y Licitaciones, Tesorería y Contaduría) y de Salud.
Artículo 8º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Martinez-Alvarez-Scarsi