Boletines/Vicente López
Decreto Nº 3247/23
Vicente López, 01/06/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-1546-2023
Visto
El Llamado a Licitación Privada Nº 67 dispuesto por Decreto Nº 2318/23, para la “ADQUISICION DE CAMILLA SUPINA DE ECOESTRES, CON DESTINO AL HOSPITAL DR. BERNARDO HOUSSAY”, y
Considerando
Que conforme Acta de Apertura obrante a fs. 77 no se ha presentado ningún oferente.
Que en virtud de ello, a fs. 80 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación aconseja declarar desierta la Licitación y proceder a realizar un segundo llamado.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- DECLARAR DESIERTO el primer Llamado a Licitación Privada Nº 67, oportunamente dispuesto por Decreto Nº 2318/23, en merito a las razones expuestas en el exordio.
Artículo 2º.- Proceder a efectuar un segundo llamado correspondiente a la Licitación Privada Nº 67 a fin de efectuar la “ADQUISICION DE CAMILLA SUPINA DE ECOESTRES, CON DESTINO AL HOSPITAL DR. BERNARDO HOUSSAY”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante a fs. 25/40 y al Pliego de Bases y Condiciones Generales de fs. 48/55.
Artículo 3º.- Establecer en la suma de Pesos once millones ochenta mil seiscientos cincuenta ($11.080.650,00) el Presupuesto Oficial para la presente Licitación.
Artículo 4º.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones, cursar invitaciones a las firmas especializadas del ramo, haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de Pesos once mil ochenta y uno ($11.081,00).
Artículo 5º.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en el Palacio Municipal el día 30/06/23 a las 12:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.
Artículo 6º.- Refrendar el presente los Sres. Secretarios de Hacienda y Finanzas y de Salud.
Artículo 7º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Compras y Licitaciones, Tesorería y Contaduría) y de Salud.
Artículo 8º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Martinez-Alvarez-Scarsi