Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1390
Brandsen, 09/06/2023
Visto
Visto el expediente Nº 4015-33326/23, mediante el cual la Sra. Santaella Claudia Elizabeth, D.N.I 28795214, solicita condonación y eximición del pago del impuesto automotor correspondiente al Dominio GOE-103, y;
Considerando
Que a fs. 5 obra el certificado de discapacidad (Ley 22.431) expedido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires;
Que a fs. 10 se expide el jefe del Departamento de Descentralización Tributaria: “Habiéndose cumplido la Sra. Santaella Claudia con la documentación requerida y teniendo en cuenta su situación, elevo a usted el mismo a los efectos de que evalué si corresponde la condonación solicitada. Una vez otorgada, pase a la Dirección de Despacho y Digesto a los efectos de proceder al dictado del correspondiente acto administrativo, debido a que se cumplió con lo solicitado por el trámite de eximición 2023 de Patentes Automotor, según normativa vigente y Art. 243 Inc. F del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires”. Firmado: Daluisia María Noelia. Jefe Interino. Departamento Descentralización Tributaria. Municipalidad de Brandsen;
Que a fs. 11 obra dictamen del Asesor Letrado: “Al Sr. Intendente Municipal. Llegan las presentes actuaciones a los fines de emitir opinión relativa a la petición de exención y condonación de deuda solicitada por el particular interesado a fs. 1 /2 y en relación al vehículo dominio GOE-103. En virtud de lo peticionado y en el marco de lo previsto por el art.243 inc. f del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, la documentación acompañada se impone como suficiente para acreditar la situación de excepción prevista por la norma citada, por lo que no encuentro óbices formales para rechazar la solicitud objeto de autos. De conformidad, a lo aquí dictaminado y siempre que el D.E comparta la opinión jurídica volcada, entiendo que debería dictarse el acto administrativo de rigor, haciéndose lugar a la exención de pago y condonación de deuda que se hubiese generado respecto del vehículo dominio GOE103. Asesoría Letrada, Brandsen junio 8 de 2023. Fdo: Juan Antonio. Asesor Letrado. Municipalidad de Brandsen.”
Que el artículo 243º Inc. f del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, dispone que están exentos de éste impuesto “...los vehículos nuevos o usados, destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad tal que les dificulte su movilidad, impidiéndoles o entorpeciéndoles severamente el uso de transporte colectivo de pasajeros, y que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor.”;
Que en razón de lo actuado se considera de estricta justicia hacer uso de la facultad conferida por la citada norma y conceder la eximición solicitada;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Condónese, a la Sra. Santaella Claudia Elizabeth, D.N.I 28795214 toda deuda exigible hasta el ejercicio 2022 correspondiente al impuesto automotor correspondiente al Dominio GOE-103.-
ARTICULO 2º.-Exímase, a la Sra. Santaella Claudia Elizabeth, D.N.I 28795214 del impuesto automotor correspondiente al Dominio GOE-103, por el ejercicio 2023, en virtud de acogerse a lo establecido por el artículo 243º Inc. f Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Hacienda.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-