Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº245/2023

Resolución Nº 245/2023

Benito Juarez, 08/06/2023

Visto

lo actuado en  Expte. Letra “R” Nº 73/23 en el cual a fs. 2 y 3 obra nota de la Secretaria de Desarrollo Social informando los hechos ocurridos con la agente SEQUEIRA PAMELA ALEJANDRA (L.P. 3689);

QUE conforme fs. 8 y 9 se garantizó el derecho de defensa del agente cuya conducta se cuestiona;

QUE se encuentra debidamente acreditado el incumplimiento de la obligación impuesta por el art. 81 inc. a) del C.C.T. que a continuación se transcribe en su parte pertinente: “Sin prejuicio de lo que particularmente impongan las leyes, ordenanzas, decretos, resoluciones y disposiciones, los trabajadores deben cumplir estricta e ineludiblemente las siguientes obligaciones: a) Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario…, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal (…)”. Consecuentemente con ello, la conducta que se reprocha se adecua a la falta disciplinaria prevista en el art. 84 inc. 3 del C.C.T., a saber: “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones”;

QUE a fs. 12 y 13 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna aduciendo que el art. 83 inc. a) autoriza la sanción propuesta, por lo que sugiere proceder con el dictado del presente acto administrativo;

QUE el Secretario de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar sanción de LLAMADO DE ATENCION a la agente SEQUEIRA PAMELA ALEJANDRA (L.P. 3689) de acuerdo a lo dispuesto en el 84 Inc. 3 del C.C.T.M. que autoriza la aplicación de la sanción propuesta prevista en el Artículo 83  inc. a)  del C.C.T.  por negligencia en el cumplimiento de sus tareas y de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 73/23.

Artículo  2º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.

Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Desarrollo Social.

Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Desarrollo Social y Auditoría cumplido, archívese.

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

PROF. MARIA T. RICCI

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº 245.-