Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº893/2023

Decreto Nº 893/2023

Benito Juarez, 22/06/2023

Visto

lo actuado en el Expediente Letra “O” Nº 14/2022, en el cual a fs. 222 el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos informa la necesidad de otorgar una prórroga del contrato de Mano de obra y materiales para la construcción de una rambla en la Avenida Fortabat y Saenz Peña, registrado bajo el Nº 103/2022 y suscripto con la firma “Ing. MARTIN ADMIRAAL CONSTRUCCIONES CIVILES S.R.L.”; y

Considerando

que de fs. 164 a 166 obra el mencionado contrato, cuya cláusula quinta establece como plazo de finalización de obra ciento veinte (120) días desde el acta de inicio de obra;

QUE el pedido de dicha prórroga se basa en la falta de entrega de materiales a la empresa proveedora y las inclemencias climáticas que han ocasionado el retraso de la obra de referencia; 

QUE la prórroga solicitada no implica la modificación del monto del contrato;

QUE asimismo, dicha prórroga deberá ser de ciento veinte (120) días, a partir del día 11 de Junio y hasta el 8 de Octubre del corriente año;

QUE a fs. 223 obra despacho favorable de la Asesora Legal de la Comuna, aduciendo que, en tanto la demora no resulte imputable a la empresa contratista, puede procederse al dictado del acto administrativo correspondiente;  

QUE la Secretaría de Gobierno propicia otorgar el acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.- Otórguese una prórroga de ciento veinte (120) días a partir del día 11 de Junio y hasta el 8 de Octubre del corriente año, al contrato de Mano de obra y materiales para la construcción de una rambla en la Avenida Fortabat y Saenz Peña, registrado bajo el Nº 103/2023 y suscripto con la firma “Ing. MARTIN ADMIRAAL CONSTRUCCIONES CIVILES S.R.L.”, de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “O” Nº 14/2022.

Artículo 2º.- Por la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, notifíquese.

Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.

Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Jefatura de Gabinete, Secretarías de Gobierno, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Contaduría, Presupuesto y Auditoria, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,

VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS

ARQ. DIEGO ROSSETTI

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 893.-