Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 21364
Bahia Blanca, 08/06/2023
VISTO
El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 12 a través del cual se le dan por reconocidos los servicios desempeñados como becaria de la Municipalidad de Bahía Blanca a la agente Lucia Inés Cuadrado, D.N.I. 33.176.975, legajo 15.500, dependiente de la Dirección General de Educación, correspondientes a dos (2) años, diez (10) meses y siete (7) días; y
CONSIDERANDO
Que a través de la Resolución 306/2023, obrante a fojas 5 y 5 vlta., se dieron por reconocidos los servicios mencionados.
Que a fojas 7 y 8 el Departamento Administración del Personal informa el cálculo total de diferencias a abonarle a la antedicha agente, conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la resolución en cuestión.
Que a fojas 9 la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General dejan constancia de la imputación del presente gasto.
Que conforme surge tanto del artículo 4° de la Resolución como de lo informado por el Departamento Administración del Personal, el monto a reconocer corresponde a ejercicios vencidos (período comprendido entre el 17 de marzo de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022), motivo por el cual se considera necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante.
Por lo expuesto el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1° - Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración del Personal, a abonar las diferencias salariales a favor de la agente Lucía Inés Cuadrado, D.N.I. 33.176.975, C.U.I.L 23-33176975-4, legajo 15.500, dependiente de la Dirección General de Educación (oficina n° 628), que surgen del reconocimiento de los servicios que prestó como becaria en la Municipalidad de Bahía blanca, dispuesto por Resolución 306/2023, obrante a fojas 5 y 5 vta. del expediente 0/00-2255-2023, y conforme al cálculo efectuado por la mencionada repartición que corre agregado a fojas 8 y 9 del antedicho expediente.
Artículo 2° - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01.00, Gastos 1.1.3.1/ 1.1.4.0./ 1.1.6.1./ 1.1.6.2 de los ejercicios 2021 y 2022.
Artículo 3° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.