Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21371

Ordenanza Nº 21371

Bahia Blanca, 08/06/2023

VISTO

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 11 a través del cual se dan por reconocidos los servicios prestados como becaria de la Municipalidad de Bahía Blanca a la agente Andrea Valentina Álvarez, D.N.I. N° 30.191.447, legajo N° 15.214, dependiente de la Escuela Municipal de Capacitación Laboral San Roque (oficina N° 553), correspondientes a un (1) año, dos (2) meses y un (1) día; y

CONSIDERANDO

Que a través de la Resolución N° 324/2023, obrante a fojas 5 y 5 vta., se dieron por reconocidos los servicios mencionados.

Que de fojas 6 a 8 del Departamento Administración del Personal informa el cálculo total de diferencias a abonarle a la agente, conforme lo dispuesto en el artículo 5° de la resolución en cuestión.

Que a fojas 9 y 10 la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, dejan constancias de la imputación del presente gasto.

Que conforme surge, tanto del artículo 5° de la resolución como de lo informado por el Departamento Administración del Personal, el monto a reconocer corresponde a ejercicios vencidos (período comprendido entre el 20 de marzo de 2021 al 31 de diciembre de 2022), motivo por el cual se considera necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante.

Por lo expuesto, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1° - Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento ------------------ Administración del Personal, a abonar la diferencias salariales a favor de la agente Andrea Valentina Álvarez, D.N.I. N° 30.191.447, C.U.I.L. N° 23-30191447-4, legajo N° 15.214, dependiente de la Escuela Municipal de Capacitación Laboral San Roque (oficina N 553), que surgen del reconocimiento de los servicios que prestó como becaria en la Municipalidad de Bahía Blanca, dispuesto por la resolución 324/2023, obrante a fojas 5 y 5 vta., del expediente 0/00-2334-2023, y conforme al cálculo efectuado por la mencionada repartición que corre agregado de fojas 6 a 8 del antedicho expediente.

Artículo 2° - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01.00, Gastos: 1.1.3.1/1.1.4.0./1.1.6.1/.1.1.6.2.

Artículo 3° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.