Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21359

Ordenanza Nº 21359

Bahia Blanca, 08/06/2023

VISTO

 

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 10/10 vlta. referido a la eximición en la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, actualmente denominada Tasa por Otros Servicios Municipales, encuadrada en la Ley Provincial N° 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias, del Contribuyente N° 89.170, ROMINA AYELEN GUARDIOLA HOLFMAN, D.N.I. N° 31.019.076; y

 

CONSIDERANDO

 

Que visto la documentación aportada por la contribuyente y el análisis realizado por el Departamento Recaudación, se desprende que la actividad llevada a cabo por la misma se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley N° 13.136, de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoermpleo y Susbsistencia (ALAS), a las cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza N° 12.925.

 

Que la recurrente se encuentra inscripta en la Tasa por Otros Servicios Municipales, bajo el número de Contribuyente 89.170.

 

Que el Artículo N° 4 de la Ordenanza N° 12.925 prescribe: “Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:

 

a. Tasa por habilitación

b. Tasa por inspección de seguridad e higiene

c. Tasa por inspección veterinaria

d. Derechos de construcción

e. Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones

f. Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza N° 17.233)

 

Que el Artículo N° 1 de la Ordenanza 20.726 dice “Modificase la denominación de la Tasa mencionada por el inciso f) del Artículo N° 4 de la Ordenanza 12.925 “Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS)”, en el cual quedará rectado de la siguiente manera: “f) Tasa por Otros Servicios Municipales”.

 

Que el Departamento Recaudación sugiere a fojas 7 del expediente N° 0/00-1169-2023, se exima a ROMINA AYELEN GUARDIOLA HOLFMAN, D.N.I.31.019.076, Contribuyente N° 89.170, del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios desde el 10-12-2022 y hasta el 09-12-2023 (denominada Tasa por Otros Servicios Municipales con la Ordenanza Fiscal 2022), no registrando obligaciones pendientes de pago con este municipio,


Por lo expuesto, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1° - Exímese a ROMINA AYELEN GUARDIOLA HOLFMAN, D.N.I. 31.019.076, Contribuyente N° 89.170, en el pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios desde el 10-12-2022 y hasta el 09-12-2023 (denominada Tasa por Otros Servicios Municipales con la ordenanza Fiscal 2022), de acuerdo a lo prescripto por la Ordenanza N° 12.925.

Artículo 2° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.