Boletines/Chivilcoy

Decreto Nº306

Decreto Nº 306

Chivilcoy, 28/02/2018

Rifa Club Pellegrini

Visto

lo actuado en el expediente 4031-190.738/18 presentado por el Club Deportivo Pellegrini, de esta Ciudad,

El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta

Artículo 1°: Autorízase al Club Deportivo Pellegrini, con domicilio en Avda. Mitre 629, de esta Ciudad, a poner en circulación una rifa, dentro de este Partido y sujeta a las disposiciones de la Ley y Ordenanza vigentes, la cual constará de dos mil ochocientas boletas identificadas con un número de cuatro cifras cada una, cuyo valor será de $ 3500.- (pesos tres mil quinientos) por boleta. La rifa contará con sorteos diarios desde julio a octubre de 2018 y semanales los días sábados hasta enero 2019, ambos por la Lotería Nocturna de la Pcia. de Buenos Aires. Sorteos mensuales: Por extracción de cupón en programa radial, ante Escribano Público, modalidad “sale o sale”, desde abril 2018 a enero 9. Sorteos especiales pago total: con un bono de cuatro cifras, para quienes abonen la totalidad de la rifa con anterioridad al 20 de julio de 2018, en la última jugada de julio de 2018, de la Lotería de la Provincia de Buenos Aires nocturna. Sorteo Especial octava cuota y cancelación: Participarán quienes hayan abonado la totalidad de la rifa antes del 20 de octubre de 2018 mediante un cartón especial que sorteará ante Escribano Público en el campo de deportes de la entidad el día 28 de octubre de 2018, con 4 premios a cartón lleno. El sorteo final se realizarse el día 9 de marzo de 2019, mediante bolillero y ante Escribano Público, en el transcurso de un festival artístico en el campo de deportes de la entidad , mediante un cuadernillo que recibirá cada adquirente, con 14 sorteos modalidad “sale o sale”, de acuerdo con el detalle de premios obrante en el expediente 4031-190.738/18

Artículo 2°: Previo a la puesta en circulación de la presente rifa deberá procederse a su sellado en la Municipalidad. La entidad autorizada deberá finalizar la venta con 48 horas de anterioridad al sorteo final y presentar el listado de números no participantes, debiendo informar su resultado, nómina de favorecidos, constancia de entrega de los premios y balance final de la rifa con indicación del destino dado a los fondos obtenidos.

Artículo 3°: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O. y archívese.-