Boletines/Campana
Decreto Nº 340/23
Campana, 27/04/2023
EX-2022-00095958-MUNICAM-SMESA#DGAA
Visto
Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), La Ley Provincial N° 14.656, la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto Nº 184/2022 (t.v.) y el EX-2022-00095958- MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que por Decreto N° 1232/2022 se dio de baja con retroactividad al día 25 de octubre de 2022, al Sr. José Luis CORDOBA.
Que, como consecuencia de lo expuesto, aún existen haberes pendientes de cobro en este Municipio.
Que, mediante nota, los hermanos del mismo autorizan el pago de los haberes pendientes a favor del Sr. Miguel Ángel CORDOBA, acompañando documentación a fin de acreditar su vínculo con el Sr. José Luis CORDOBA para el cobro de los mismos, en función con lo descripto en artículo 29 de la Ley Provincial Nº 10.430.
Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo por el cual se efectivice la medida.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Háganse efectivos, al derecho habiente Sr. Miguel Ángel CORDOBA (D.N.I. 22.020.982 – Clase 1971), hermano del Sr. José Luis CORDOBA, los haberes que éste tenga pendientes de cobro en este Municipio.-
ARTÍCULO 2°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese y archívese.-