Boletines/Campana

Decreto Nº331/23

Decreto Nº 331/23

Campana, 25/04/2023

4016-21.781-0-2021

Visto

El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el expediente Nº 4016-21.781-0-2023; y

Considerando

Que mediante nota de fecha 30 de marzo de 2023, se elevó al Honorable Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza, por el cual se propicia condonar, conforme los términos que emanan de la Ley Provincial 15.394, en sus artículos 45º y 46º las deudas que mantienen los contribuyentes de todos los Tributos regulados por el Ordenamiento Fiscal del Partido de Campana, incluyéndose en esta condonación los créditos cuyas acciones de cobros estuvieran prescriptas al 31 de diciembre de 2022; entendiéndose por tales las obligaciones fiscales nacidas hasta el 31 de diciembre de 2017; y autorizar al Departamento Ejecutivo a reglamentar la correspondiente Ordenanza, a los efectos de proceder a dar de baja los registros de deudas condonadas.

Que el día 25 de abril de 2023, el Departamento Deliberativo notificó la sanción de la respectiva Ordenanza, en la Sesión Ordinaria celebrada el día 20 del mismo mes y año, la que fue registrada por ese Cuerpo con el Nº 7497.

Que dicha norma debe ser promulgada por el correspondiente acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo debe realizarse en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 7497 sancionada por el Departamento Deliberativo, en la Sesión Ordinaria el día 20 de abril de 2023.-

ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3º.- Cúmplase, regístrese; comuníquese; publíquese y archívese.-